Ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto "Industria Conectada 4.0".

Código de ayuda:

S47591/19

Norma:

Orden EIC/743/2017, de 28 de julio. Resolución de 5 de agosto de 2019. Resolución de 12 de septiembre de 2019. Resolución de 1 de diciembre de 2020. Resolución de 12 de enero de 2021. Resolución de 5 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de diciembre de 2021, inclusive.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 9.790

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por objeto el impulso de la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales.

Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El precio del servicio objeto de ayuda es de NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA EUROS (9.790,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

La Fundación EOI, F.S.P. concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA EUROS (9.490,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando TRESCIENTOS EUROS (300,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI, F.S.P. un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI, F.S.P. a la finalización del asesoramiento.

La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en la Rioja, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.

Plan de Transformación que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.

Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.

Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/08/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/08/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/09/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 224
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 09/12/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 321
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/12/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 321
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/01/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 13
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 09/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 268
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 268
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/12/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 299
Documento: Ampliación plazo solicitudes Descargar Documento