Ayudas dirigidas a empresas: Creación de Empresas de Base Tecnológica, Investigación y Desarrollo Tecnológico para PYME y Grandes Empresas, y EXPANDE, para los ejercicios 2010 y 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S06955/10

Norma:

RESOLUCION de 21 de enero de 2010. Orden de 12 de diciembre de 2006. RESOLUCION de 25 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Anualidad 2010 hasta el 11/03/2010. Anualidad 2011 hasta 17/12/2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006 de la Consejería Empresa, Universidad y Ciencia, sobre concesión de ayudas por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), las bases reguladoras y la convocatoria, para los ejercicios 2010 y 2011, de las ayudas contempladas en los programas dirigidos a empresas que se desarrollan en anexo y que se enuncian a continuación:

– Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico para Grandes Empresas

– Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico para PYME

– Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica

– Programa EXPANDE

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

– Que emplee a menos de 250 personas.

– Que tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros. Asimismo, cuando sea necesario distinguir entre pequeñas empresas
y medianas empresas, se entenderá por pequeña empresa aquella unidad económica que emplee a menos de 50 personas y que tenga un volumen de negocio anual o un balance general no superior a 10.000.000 de euros; microempresa se considera aquella empresa que ocupe a menos de 10 personas y su volumen de negocio o su balance general anual no supere los 2.000.000 de euros.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5419
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/02/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6201
Documento: Bases y convocatoria 2010/2011 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6393
Documento: Modificación Descargar Documento