Ayudas dirigidas a compensar a los propietarios de fincas que acojan nidos de Aguila Imperial.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S62737/10

Norma:

ORDEN 3869/2010, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras que han de regir las ayudas compensatorias dirigidas a los propietarios de fincas que alberguen o alojen nidos de la especie Águila Imperial y realizar su convocatoria para el año 2010.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será de 10.000 euros por el primer nido de esta naturaleza encontrado en la finca objeto de la subvención.

La cuantía se incrementará en un 25 por 100 por cada uno de los nidos que pudieran existir en una misma finca.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes sean propietarios de fincas que, situadas en el territorio de la Comunidad de Madrid, alojen, alberguen o acojan nidos de la especie Águila Imperial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La compensación a dueños de fincas que alojen nidos de aguila imperial.

Requisitos:

La Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad deMadrid, debiendo acreditar dichas circunstancias en la forma prevista en el artículo 6.1.e) de la presente Orden.

No podrán adquirir la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas o entidades en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 281
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento