Ayudas dirigidas a asociaciones sin ánimo de lucro, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que trabajan en el campo del Sida.

Código de ayuda:

S26700/10

Norma:

ORDEN de 30 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas dirigidas a las asociaciones sin ánimo de lucro, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que organicen actividades de lucha contra el Sida durante el año 2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Sanidad y Consumo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El abono de la subvención concedida al amparo de la presente Orden se efectuará, con carácter general, de la siguiente forma:

– Un primer libramiento por importe equivalente al 70% de la subvención, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 11.1.a) de la presente Orden sin haber mediado renuncia expresa de la entidad
beneficiaria a la subvención concedida.
– El resto (hasta el 30% de la cantidad concedida).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma del País Vasco que se propongan realizar durante el año 2010, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, actuaciones de prevención y control de la infección por VIH en la población general y en los colectivos más vulnerables a la infección, así como actuaciones de educación sanitaria y apoyo a las personas afectadas y enfermas por el VIH/Sida.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos correspondientes a las actividades que estén relacionadas de forma directa y objetiva con el programa subvencionado, que estén debidamente especificados en el proyecto presentado por la entidad y estén adecuadamente justificados con una factura original. Dichos gastos podrán haber sido generados incluso antes de la concesión de la subvención, pero siempre durante el año 2010.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento