Ayudas directas al sector lácteo financiadas por el FEOGA-Garantía en el Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S11337/04Norma:
Resolución de 15 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/05/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La asignación de las ayudas directas al sector lácteo asturiano: prima láctea y pago adicional en el año 2004, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 1782/2003, Reglamento (CE) n.º 2237/2003, Real Decreto 543/2004, de 13 de abril.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) El importe de la prima láctea será de 8,15 euros por cada 1.000 kilogramos de cuota disponible con derecho a prima para el año 2004, disminuido, en su caso, por la aplicación del coeficiente reductor que fije el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en función de la cuota con derecho a prima para España y de la suma de cuotas disponibles solicitadas.b) Los pagos adicionales no podrán tener un importe unitario superior a 3.000 euros por explotación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
- Los productores titulares de explotación con cuota disponible a 31 de marzo de 2004, siempre que hayan realizado entregas a un comprador autorizado o presentado en plazo declaración de venta directa durante el período 2003/2004.- Aquellos productores con cuota disponible que no hayan realizado entregas en el período 2003/2004 debido a casos de fuerza mayor o casos excepcionales debidamente justificados, según lo recogido en las letras l) y m) del R.D. 347/2003, siempre que se hayan comunicado los hechos a la autoridad competente en cuanto el productor tenga conocimiento de ellos y siempre antes de que finalice el plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los siguientes regímenes de ayuda directa comunitaria al sector lácteo para el año 2004:a) Prima láctea, establecida en el artículo 95 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.
b) Pagos adicionales, establecidos en el artículo 96 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
22/04/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
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