Ayudas directas a autónomos y empresas como medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia del Covid-19.

Código de ayuda:

S28164/21

Norma:

Orden de 31 de mayo de 2021. Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo. Real Decreto Ley 6/2021, de 20 de abril. Resolución de 3 de junio de 2021. Orden de 3 de septiembre de 2021. Resolución de 9 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ampliar en la Región de Murcia las subvenciones de la línea Covid, financiadas por el Gobierno de España, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones no podrán superar el importe de los gastos subvencionables que satisfaga cada beneficiario, dentro de los siguientes límites:

a) Cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la subvención máxima será de 3.000 euros por beneficiario.

b) Para el resto de los beneficiarios la subvención estará comprendida entre los 4.000,00€ y los 200.000,00€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas, empresarios o profesionales y entidades que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de Bases Reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el
31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 62
Documento: Real Decreto 5/2021 Descargar Documento
Boletín: 21/04/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 95
Documento: Real Decreto 6/2021 Descargar Documento
Boletín: 02/06/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/06/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 128
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 207
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 14/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 213
Documento: 2ª Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 213
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