Ayudas destinadas la contratacion en practicas de personas jovenes desempleadas en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S33473/12

Norma:

RESOLUCION de 29 de agosto de 2012. RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2013. RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2013. RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La contratación en prácticas, de jóvenes titulados o cualificados, en situación de desempleo y sin previa experiencia laboral, en centros de trabajo o empresas participadas en el exterior de empresas radicadas en la CAPV, como medida para favorecer su futura inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el número de contratos de prácticas
celebrados. El importe subvencionado por cada contrato de prácticas se determinará mediante
la suma de los siguientes importes:

a) Costes salariales y de Seguridad Social durante los 12 primeros meses de vigencia del contrato, y en todo caso hasta el 31 de octubre de 2015, de conformidad con los datos recogidos en la solicitud.

En cualquier caso, el importe máximo anual subvencionable por este concepto, por cada contrato
de trabajo en prácticas, será la establecida en el anexo I de la presente convocatoria para los diferentes países y niveles de formación contemplados.

En todo caso, la cuantía final de la subvención no podrá superar el coste efectivo de cada contratación realizada, teniendo en cuenta costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas. En caso contrario, la subvención se reducirá hasta el citado coste efectivo.

b) 350 euros en concepto de dietas de alojamiento y manutención de las personas jóvenes
contratadas, abonadas por la empresa al margen de las establecidas en el convenio de aplicación, devengadas durante el período objeto de subvención y destinados a la cobertura de estos gastos durante los meses que la persona joven resida en el extranjero en el periodo subvencionado.

c) Los gastos derivados de la gestión y obtención del visado o autorización administrativa
correspondiente, así como para la contratación de un seguro médico complementario, en los casos que se prevea necesario. La cuantía máxima subvencionable por estos concepto será de
450 euros por persona contratada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas o público-privadas, que cuenten con centros de trabajo o empresas participadas en el exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados con empresas radicadas en la CAPV, celebrados con personas jóvenes, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.

Requisitos:

1.– Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicada / o en la CAPV.

2.– No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.

3.– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

4.– No estar sancionada ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

5.– La acreditación por parte de las empresas contratantes de que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que es contratado y objeto de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.

6.– Comunicación a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores) de la empresa, de la persona a contratar mediante el contrato en prácticas, con indicación del puesto a ocupar y periodo de la contratación.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2012
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