Ayudas destinadas fomentar la sociedad de la informacion en las Entidades Locales de Cantabria con riesgo de exclusion digital (Cantabria Si).

Código de ayuda:

S70000/08

Norma:

Orden IND/23/2008, de 27 de octubre

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/11/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar para el año 2008 la segunda convocatoria de ayudas, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la sociedad de la información en las Entidades Locales de Cantabria con riesgo de exclusión digital.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas, que en cualquier caso estarán referidas a cada telecentro como unidad,
será:

- Las que se concedan en cada caso por los conceptos del artículo 6, apartados a) y b), a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 12.05.453C.461, de 5.000 euros.

- Las que se concedan en cada caso por los conceptos del artículo 6, apartados c) y d), a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 12.05.453C.763, de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los destinatarios de estas subvenciones serán las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de
Cantabria con riesgo de exclusión digital.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Potenciar las actividades de dinamización del telecentro, incluidas las de diseño y desarrollo de talleres y
cursos, la formación de usuarios y su difusión.

b) Incentivar la figura del dinamizador como elemento fundamental de acercamiento de la Sociedad de la
Información a los ciudadanos y líder de movilización.

c) Fomentar las inversiones orientadas a la accesibilidad y mejora de telecentros, apertura con tarjeta identificativa (con las características y homologación definidas por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones) y eliminación de barreras arquitectónicas conforme a lo previsto en el Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones, dictado en desarrollo de la Ley 51/2003, de 2 diciembre, de Igualdad de
Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

d) Promover inversiones materiales o inmateriales de productos de tecnología de la información y las telecomunicaciones dedicados a proyectos y acciones de formación que impliquen el desarrollo de contenidos digitales para la formación.

Requisitos:

a) Que cuenten en su ámbito territorial con al menos un telecentro que se encuentre adherido a la red de telecentros Cantabria Si.

b) Que tengan una población inferior a 10.000 habitantes (según último censo oficial).

Documentos asociados

Boletín: 10/11/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 217
Documento: 2º Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento