Ayudas destinadas al fomento de autoconsumo de energías renovables, con la instalación de energía solarfotovoltaica en viviendas conectadas y no conectadas a la red de distribución en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S64091/18

Norma:

Orden de 21 de diciembre de 2018. Orden de 22 de febrero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas destinadas a fomentar el autoconsumo de energías renovables, con la instalación de energía solar fotovoltaica en viviendas conectadas y no conectadas a la red de distribución de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Serán objeto de subvención las instalaciones de producción de energía eléctrica en Baja Tensión, mediante sistemas de paneles fotovoltaicos para el autoconsumo de aquellas viviendas que, estando conectadas o no a la red de distribución, deseen reducir el consumo y contribuir al ahorro energético en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Conserjería de Fomento e Infraestructuras (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe máximo a conceder para cada una de las modalidades establecidas en estas bases se fijará en 2 € por vatio para las modalidades A y C (con batería), y 1,50 € por vatio para la modalidad B (sin batería), y con un máximo de potencia nominal de 10 KW por modalidad, según lo establecido en el artículo 5 de la presente orden.

2. En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 75% del coste de adquisición más instalación del sistema (IVA no incluido), ni podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o recursos de terceros, supere el porcentaje del coste de la instalación o la cuantía límite para cada modalidad, los cuales quedarán fijados en la convocatoria correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta Orden, las personas físicas o jurídicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que la soliciten y hayan realizado la actuación subvencionable a partir de la fecha que se señala en esta orden.

2. Sólo será subvencionable una instalación por vivienda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención las instalaciones:

- De producción de energía eléctrica en Baja Tensión, mediante sistemas de paneles fotovoltaicos para el autoconsumo de aquellas viviendas que, estando conectadas o no a la red de distribución, deseen reducir el consumo y contribuir al ahorro energético en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Documentos asociados

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