Ayudas destinadas al desarrollo de las actuaciones de empleo con apoyo como medida de integracion de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administracion de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesion de 16 de julio de 2012.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S31900/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas que Lanbide-Servicio Vasco de Empleo podrá otorgar en el año 2012, a las entidades que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la misma, para el desarrollo de actuaciones de Empleo con Apoyo como medida para incrementar la incorporación en el mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de subvención se establece en función de:

a) El número de personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad indicados en el artículo 6.1 destinatarias de las acciones de empleo con apoyo en centros de trabajo radicados en la CAPV, en los siguientes términos:

● 7.800 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.

● 6.600 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.

● 4.700 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona sorda o con discapacidad auditiva con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
● 4.000 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con
discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona
sorda o con discapacidad auditiva con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
b) El volumen de actividad de prospección, búsqueda y captación de oportunidades de
empleo, en base a las empresas contactadas mediante visitas realizadas por cada profesional
de prospección dedicado a tiempo completo, estableciéndose un mínimo de 200 empresas y un
importe máximo de subvención de 39.100 euros.
c) Las actuaciones de seguimiento y apoyo a las personas contratadas en empresas ordinarias
con anterioridad al 1 de enero de 2012, serán subvencionadas con un importe máximo de 8.500
euros por cada 10 personas atendidas.
La subvención por dichas actuaciones de seguimiento y apoyo no podrá ser superior al 25%
de los costes laborales y de Seguridad Social subvencionables del personal preparador laboral.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, las fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, y
los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales, radicados en la CAPV que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las dirigidas a la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con especiales dificultades, definidas en el artículo 6 como destinatarias finales de este programa de ayudas, llevadas a cabo por el personal especializado de las entidades beneficiarias, que constituyen las denominadas Unidades de Empleo con Apoyo a los efectos de esta convocatoria, con la composición y funciones reguladas en el artículo 5, y que incluyen las actuaciones previas a la incorporación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y las actuaciones que han de llevarse a cabo en el propio puesto de trabajo descritas a continuación:

a) Con carácter previo a la incorporación al puesto de trabajo:

● Información y sensibilización en la empresa ordinaria.

● Búsqueda y captación de oportunidades individualizadas de empleo adaptadas al colectivo objeto de la subvención.

● Identificación y análisis detallado de los puestos de trabajo: determinación de las características y condiciones de desarrollo del empleo a fin de obtener toda la información relevante y necesaria.

● Identificación de las personas con discapacidad con las potencialidades necesarias para desempeñar dicho puesto.

● Análisis de la compatibilidad entre el perfil del puesto y la persona con discapacidad seleccionada para su desarrollo.

● Detección de necesidades potenciales de adaptación razonable de las características y exigencias del puesto.

b) En el puesto de trabajo:

● Formación individualizada en el puesto para la adquisición de las competencias profesionales requeridas, con el objeto de optimizar la inclusión del trabajador o trabajadora en su pue sto y entorno laboral.

● Sensibilización, formación y apoyo a la organización de la empresa en general y, en particular, a los trabajadores y trabajadoras que interactúan funcionalmente con la persona con discapacidad.

● Instrumentación de las adaptaciones razonables requeridas por las características y exigencias del puesto.

● Acompañamiento personalizado y seguimiento individualizado a largo plazo: tras la integración se establece la necesidad de mantener un seguimiento con la persona contratad a y la empresa para asegurar el correcto desarrollo de la inserción y cubrir necesidades de formación y adaptación debidas a eventuales modificaciones en la actividad del puesto o cambio en el entorno laboral.

● Evaluación: valoración del desarrollo de todo el proceso y de satisfacción, tanto por parte de la persona con discapacidad, como de la empresa.

Requisitos:

● Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.

● Contar en su plantilla con personas técnicas prospectoras y preparadoras laborales especializadas, que constituyen la unidad de empleo con apoyo, en los términos previstos en el artículo siguiente.

● Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad, subvencionados por Administraciones Públicas y/o por Fondos Europeos.

● Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o la percepción de ningún tipo de cantidad o tarifa a personas trabajadoras o empresas.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 161
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento