Ayudas destinadas al control oficial del rendimiento lechero.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S19000/14

Norma:

ORDEN AAM/142/2014, de 5 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar los costes que generan las actividades del control oficial de rendimiento lechero a los titulares de explotaciones ganaderas de Cataluña de las especies bovina, ovina y caprina con el fin de evaluar la calidad genética de los reproductores con la finalidad de mejorar las razas, así como la tecnificación de las explotaciones ganaderas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece un importe máximo para cada lactación finalizada y válida, que se calcula a partir del conjunto de datos normalizados obtenidos del control oficial de rendimiento lechero de una hembra inscrita en el Libro genealógico.

Este importe será, para cada una de las especies previstas en estas bases reguladoras, el siguiente:

Bovina: 10,00 euros por cada lactación finalizada y válida.

Ovina y caprina: 5,00 euros por cada lactación finalizada y válida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades del control oficial de rendimiento lechero a los titulares de explotaciones ganaderas de Cataluña de las especies bovina, ovina y caprina con el fin de evaluar la calidad genética de los reproductores con la finalidad de mejorar las razas, así como la tecnificación de las explotaciones ganaderas.

Requisitos:

a) Sean titulares de explotaciones ganaderas de las especies bovina, ovina y caprina destinadas a la reproducción, acogidas a control oficial de rendimiento lechero.

b) Que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Real decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina (BOE núm. 97, de 23.04.2005).

c) Que formen parte de una organización o asociación de ganaderos reconocida oficialmente, tal como establece el artículo 2.c) del Real decreto 368/2005, de 8 de abril.

d) Ser una pequeña o mediana empresa de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto (DON L-214, de 9.8.2008), sobre la definición de pyme.

e) En el caso de asociaciones y fundaciones, tener sus estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6619
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento