Ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados en las explotaciones agrarias por el incendio forestal declarado el dia 28 de julio de 2009 en el Valle del Tietar (Avila) - Convocatoria.

Código de ayuda:

S69191/09

Norma:

ORDEN AYG/2082/2009, de 15 de octubre. ORDEN AYG/2137/2009, de 12 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras para la concesión de las ayudas destinadas a compensar a los titulares
de explotaciones agrarias, por las pérdidas sufridas como consecuencia del incendio forestal declarado en el Valle del Tiétar (Ávila) el 28 de julio de 2009, que afectó a los términos municipales que se relacionan
en su Anexo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Respecto de los medios de producción agrícola.

– El valor de los árboles destruidos (olivos, castaños, frutales o viñedos).

– El lucro cesante derivado de la falta de producción de estos árboles en las campañas 2010, 2011 y 2012.

b) Respecto de los medios de producción ganadera.

– El valor de los animales muertos (cabras de aptitud láctea y colmenas).

Requisitos:

a) Que sea titular de una explotación agraria ubicada en alguno de los municipios relacionados en el Anexo.

b) Que se hubiera producido la pérdida de los medios de producción agrícolas (olivos, castaños, frutales o viñedos) y/o ganaderos (cabras de aptitud láctea y colmenas) que integran la explotación agraria como consecuencia del incendio forestal declarado en el Valle del Tiétar (Ávila) el 28 de julio de 2009, y que tal circunstancia haya sido verificada por la Administración.

c) En el caso de que el solicitante sea una persona física, que se halle inscrito en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, con anterioridad al 31 de agosto de 2008.

d) Que el solicitante se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

e) Si el solicitante es una persona física o jurídica o comunidad de bienes que tenga la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en
el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 213
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/11/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 219
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento