Ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Islas Baleares mediante el instrumento de bonos tecnológicos.

Código de ayuda:

S23319/19

Norma:

Resolución de 8 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Del 3 de mayo de 2019 hasta el 30 de marzo de 2020 o agotamiento del crédito.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad el promover la implantación de herramientas de las tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante TIC) y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes baleares mediante el instrumento de bonos tecnológicos, que consistirán fundamentalmente en fondos para promover la implantación y adaptación de
páginas web, comercio electrónico, aplicaciones y software de gestión de empresas, en pymes de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Innovación, Investigación y Turismo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 800.000 euros, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las pymes y las agrupaciones empresariales sin ánimo de lucro que lleven a cabo la actividad que fomente la concesión de la subvención, y además deben tener su sede social en las Islas Baleares, deben estar válidamente constituidas de acuerdo con la normativa vigente e inscritas en el Registro correspondiente, deben estar al corriente de sus
obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma antes de la propuesta de resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa I: implantación o mejora de Página web y / o comercio electrónico (que debe estar optimizado para Search Engine Optimization (SEO) y por Responsive Web Design); y / o aplicaciones y utilizar un gestor de contenidos para que la PYME pueda ir actualizando y modificar la información cuando lo considere oportuno.

b) Programa II: implantación y / o mejora de procesos de gestión empresarial basados en la utilización de los Softwares de gestión Enterprise Resource Planning (ERP), Customer Relationship Management (CRM) o Business Process Management (BPM).

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2019
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Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
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