Ayudas destinadas a preparar el acceso a la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Código de ayuda:

S33646/12

Norma:

ORDEN de 21 de agosto de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar concurso para otorgar 20 becas destinadas a la preparación de oposiciones a la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Otras

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de cada una de las becas será de 6.600 euros anuales. El devengo se producirá a mes anticipado, a razón de 550 euros mensuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Opositores a la Carrera Judicial, Fiscal y al Cuerpo de Secretarios Judiciales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las becas tendrán la duración de un año.

Requisitos:

a) Cumplir las condiciones exigidas en la última convocatoria de la Oposición a la que se presenta el/la candidato/a.

b) Haber sido beneficiario/a de beca o ayuda para la preparación de oposiciones a las que se refiere la presente Orden en el régimen de convocatorias publicadas en años anteriores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País vasco, salvo aquellos/as que las hubieran obtenido durante un máximo de tres años, continuados o alternos.

c) Estar empadronado y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi al menos cinco de los últimos siete años.

c) Poseer la Licenciatura en Derecho.

d) Disponer de la dirección de un/a preparador/a que deberá pertenecer a la Carrera Judicial o Fiscal, o al Cuerpo de Secretarios Judiciales. La citada pertenencia podrá exceptuarse mediante autorización expresa y motivada de la Dirección para la Modernización de la Administración de Justicia, cuando se estimare que el preparador/a reúne meritos suficientes como para ser calificado como apto/a para dirigir el proceso preparatorio.

e) No estar sancionado/a penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni de hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 176
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento