Ayudas destinadas a potenciar el funcionamiento de las asociaciones de transporte público por carretera.

Código de ayuda:

S04028/04

Norma:

Orden de 16 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar gastos corrientes para el funcionamiento de las asociaciones de transporte público por carretera, tanto de viajeros como de mercancías.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será de hasta un 40% de los gastos corrientes de las asociaciones de transporte por carretera que sean subvencionables.
Cada asociación podrá obtener una subvención con un límite de hasta 27.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de transporte por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, con domicilio social en Cantabria, que hayan sido legalmente constituidas con anterioridad al 1 de enero del 2004.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos gastos corrientes ocasionados por el funcionamiento propio de las oficinas de las asociaciones de transporte por carretera que se
encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:
1) Arrendamientos y/o intereses financieros: los devengados por el alquiler de oficinas en las que se encuentra la asociación y en las que se realizan las actividades propias de la misma, y aquellos locales que sean alquilados, puntualmente, para la realización de actividades de la
misma que así lo requieran, como conferencias.
En caso de estar pagándose un préstamo por la compra del inmueble en el que estén ubicadas las oficinas, serán subvencionables los intereses financieros correspondientes.

2) Reparaciones, conservación y mantenimiento de los elementos ya existentes en la oficina de la asociación, servicios de limpieza, gastos de comunidad.
Quedan expresamente excluidos los gastos relacionados con nuevas instalaciones.

3) Publicidad, propaganda: gastos generados por las asociaciones de transporte para la mejora y fortalecimiento de su imagen.

4) Comunicaciones: gastos de correo, gastos de teléfono, cuota Internet y mantenimiento página web (quedan expresamente excluidos los gastos por su diseño y creación).

5) Gastos generales de la oficina: suministros de electricidad, gas, agua y basura, fotocopias, papelería y suscripciones a publicaciones.

6) Cuotas pagadas a otras asociaciones de ámbito suprautonómico o supranacional.
Se admitirá hasta un máximo dieciocho mil euros de gastos en este apartado.

7) Seguros Sociales: Cuota patronal pagada a la Seguridad Social correspondiente al personal que esté en plantilla de la asociación.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 33
Documento: Convocatoria Descargar Documento