Ayudas destinadas a paliar el impacto económico de la situación de crisis ocasionada por COVID-19, en el marco del Plan ReInicia Alcalá.

Código de ayuda:

S32064/20

Norma:

Acuerdo de 19 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Para propiciar la reactivación del tejido económico de nuestro municipio, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha aprobado una modificación presupuestaria del presupuesto vigente con el objetivo de ofrecer una línea de ayudas en lo que se ha denominado Plan Re-Inicia Alcalá.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Alcalá de Henares (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia y las micropymes que ocupan hasta un máximo de siete trabajadores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: mantenimiento del empleo.

Línea 2: ayudas a la inversión.

Requisitos:

— Haberse visto afectados por cierre temporal de la actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión del COVID-19.

— Que tengan su domicilio fiscal de la actividad en el municipio de Alcalá de Henares y radique en el mismo el centro de trabajo afectado.

— Que se hallen al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y con otras administraciones.

— En el caso de autónomos/as, estar afiliado como autónomo y con el alta en vigor en la fecha de la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020).

— En el resto de beneficiarios, estar legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes, así como dados de alta en el Régimen de Seguridad Social o mutualidad que corresponda, en la fecha de la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020).

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/07/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento