Ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas e industrias cárnicas para la mejora de las condiciones de eliminación de los subproductos, residuos y materiales específicos de riesgo.

Código de ayuda:

S04773/04

Norma:

Orden de 10 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La evolución de la enfermedad de la encefalopatía espongiforme bovina ha hecho necesario que se adoptasen medidas que afectan tanto a las explotaciones ganaderas como a las industrias cárnicas, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe del préstamo supondrá como máximo el 100% del total de las inversiones.

- Para la ayuda a los productores de vacuno, el importe máximo de los préstamos será el resultado de multiplicar cada animal de reposición por el importe unitario previsto:
Importes unitarios:
- Bovino de aptitud cárnica:
Desde 3 meses y un día, hasta 12 meses: 901,52 euros.
Desde 12 meses y un día, hasta 24 meses: 1.081,82 euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.292,18 euros.
- Bovino de aptitud lechera:
Desde 3 meses y un día, hasta 12 meses: 643,08 euros.
Desde 12 meses y un día, hasta 24 meses: 1.081,82 euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.392,33 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Titulares de explotaciones que hubiesen tenido que sacrificar animales como consecuencia de la aparición de focos de EEB.
2. Titulares de explotaciones o agrupación de explotaciones en las que se realicen inversiones en depósitos o sistemas de almacenamiento de animales.
3. Industrias cárnicas: en las que se incluyen mataderos, salas de despiece e industrias de transformación de carne.
4. Industrias de transformación de subproductos de origen animal: que realicen las inversiones objeto de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones subvencionables serán destinadas a:
1. Explotaciones ganaderas: instalación de depósitos y sistemas de almacenamiento de animales muertos hasta su retirada de la explotación, así como sistemas de destrucción y tratamiento autorizados y que contribuyan a disminuir el riesgo de difusión de enfermedades.

2. Productores de vacuno: reposición de reproductores sacrificados debido a la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) en las explotaciones.

3. Sector agroindustrial: ayudas dirigidas a industrias cárnicas y a industrias de transformación de subproductos de origen animal. Las inversiones subvencionables son las siguientes:
a) Adquisición e instalación de maquinaria y equipamiento de extracción y manipulación de materiales específicos de riesgo (MER).
b) Adquisición e instalación de equipamientos para almacenamiento de subproductos y MER hasta su retirada y/o destrucción.
c) Inversiones para la adaptación de las industrias de transformación y/o destrucción de subproductos y MER a la normativa vigente en materia de sanidad y protección del medio ambiente.
d) Inversiones para adquisición de equipos, que permitan utilizaciones alternativas de los subproductos de origen animal.

Requisitos:

Tanto las explotaciones como las industrias que se acojan a estas ayudas deberán mostrar su viabilidad económica a través del correspondiente estudio, además de cumplir con las normas mínimas de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Convocatoria Descargar Documento