Ayudas destinadas a las explotaciones de fruta de hueso y de semilla, cítricos y frutos secos en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.

Código de ayuda:

S39746/23

Norma:

ORDEN ACC/248/2023, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas que establece esta Orden es compensar a las explotaciones agrarias con superficies de fruta de semilla, fruta de hueso, cítricos y/o frutos secos con superficies de almendro, avellano, pistachero, nogal, castaño y algarrobo en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, de acuerdo con el artículo 198 del Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio, y la Orden APA/871/2023, de 20 de julio.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica titulares de explotaciones agrícolas que sean elegibles para la percepción de las ayudas directas de la PAC en la campaña 2023, que cuenten en su explotación con superficie de cultivo de frutales de semilla, frutales de hueso, cítricos, almendro, avellano, pistachero, nogal, castaño y/o algarrobo

Requisitos:

a) Sean titulares, a 1 de enero de 2023, de una explotación que conste en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).

b) Hayan presentado la Declaración única agraria de 2023 (DUN 2023) antes del período de finalización de acuerdo con la Orden ACC/83/2023, de 12 de abril, en que hayan declarado el producto de fruta de semilla, fruta de hueso, cítricos, almendro, avellano, pistachero, nogal, castaño y algarrobo.

c) El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación les haya resuelto favorablemente las ayudas establecidas en el artículo 6 del Real decreto ley 4/2023, de 11 de mayo, para los cultivos de fruta de hueso y fruta de semilla, cítricos y frutos secos, regulados en el epígrafe II de la Orden APA/871/2023, de 20 de julio.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9041
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento