Ayudas destinadas a las comunidades baleares radicadas fuera de las Illes Balears para el 2008.

Código de ayuda:

S10764/08

Norma:

Resolucion del presidente de la Fundacion Baleares en el Exterior, de 1 de febrero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30/06/08. Excepciones (consultar Artículo 8.) hasta el 30/09/08.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con esta convocatoria se pretende fomentar:

a) La consolidación de las comunidades baleares, como resultado del movimiento asociativo de los baleares residentes fuera de las islas y el fomento de su funcionamiento e integración en la comunidad de residencia.
b) La realización de la programación cultural y formativa de las comunidades baleares, así como también la realización de otras actividades que contribuyan al conocimiento, preservación y difusión de la imagen, cultura, lengua, tradiciones, costumbres, y la realidad social y económica de las Illes Balears en el exterior.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fundación Baleares en el Exterior (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria las comunidades baleares radicadas fuera de las Illes Balears, que cumplan con los requisitos que se determinan en la presente convocatoria.

Para acceder a las ayudas previstas es necesario diferenciar entre las que están radicadas en el territorio nacional y las que se encuentran radicadas en el exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las comunidades baleares pueden solicitar las ayudas siguientes:

a) Ayudas para realizar actividades socioculturales, formativas y de difusión, que incluyen las actuaciones siguientes:
- Actividades de promoción social y cultural.
- Actividades formativas: cursos de formación, seminarios, conferencias, talleres.
- Actividades destinadas a los jóvenes de las comunidades baleares: intercambios juveniles entre los grupos de jóvenes de las comunidades baleares para la realización de actividades culturales, deportivas y sociales, organización de fórums de debate e intercambio cultural.
- Creación y apoyo a los grupos de teatro, música y baile.
- Actos conmemorativos, efemérides o fiestas de significación especial para la cultura y la historia de las Illes Balears.
- Edición, difusión de publicaciones, boletines informativos, revistas periódicas culturales, informativas, económicas, etc, programas en medios de comunicación de radio, tv, Internet dedicados a la difusión de la realidad, las costumbres y la cultura de las Illes Balears.
Así mismo se podrán subvencionar aquellas actividades o inversiones que por su marcado carácter social requieran una especial atención.
b) Ayudas destinadas a cubrir los gastos de alquiler de los locales e instalaciones donde se ubican las sedes de las comunidades baleares.
c) Ayudas para colaborar en la financiación de los gastos corrientes derivados de las instalaciones en las que se ubican las sedes.
Se considerarán gastos corrientes: los gastos ordinarios de electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otras de similar naturaleza.
d) Ayudas para la dotación de equipamientos a las sedes de las comunidades baleares, que incluirán la adquisición de equipos informáticos, mobiliario, enseres y otros.
e) Ayudas destinadas a cubrir gastos concretos para la conservación, el mantenimiento y las reparaciones de las instalaciones en que se ubican las sedes de las comunidades baleares que no tengan la consideración de inventariables.
f) Ayudas para la realización de obras de nueva planta, ampliación, reforma, adecuación y/o habilitación de las sedes de las comunidades baleares, preferentemente destinadas a las comunidades que disfrutan de su sede social en régimen de propiedad.

A parte de las ayudas anteriores, las comunidades baleares en el exterior pueden solicitar ayudas específicas para la organización y realización de mesas coordinadoras y otras reuniones técnicas y de coordinación de las diferentes comunidades baleares, así como también para los gastos de traslado de los representantes legales de las comunidades baleares para la asistencia a estas.

Requisitos:

Para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria los solicitantes tendrán que cumplir los requisitos generales siguientes:

a) Estar inscritas en el correspondiente Registro de comunidades baleares radicadas fuera de las Islas.
b) Estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, si la entidad solicitante es una comunidad balear con sede en territorio nacional.
c) No tener pendiente de justificar ayudas anteriores concedidas, por parte de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como por la Fundación, siempre que haya concluido el plazo para hacerlo.
d) No tener pendientes de reintegro subvenciones concedidas anteriormente, tanto por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o de sus entidades públicas, dependientes o vinculadas, como por la Fundación.
e) No estar incluidos en ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de ser beneficiaria de subvenciones, previstas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 23
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento