Ayudas destinadas a la realización de certámenes de ganado bovino selecto para el año 2026.

Código de ayuda:

S00555/26

Norma:

ORDEN de 25 de noviembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Certámenes celebrados del 01/11/2025 al 12/01/2026: Hasta el 12/02/2026. Certámenes posteriores: hasta el 31/10/2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la celebración de certámenes de ganado bovino selecto en la Comunidad Autónoma de Galicia. La finalidad inmediata es la promoción y difusión de los certámenes de ganado bovino selecto criado en pureza en Galicia, mediante el fomento de la celebración de una red de eventos a realizar en diferentes puntos de la geografía gallega.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable será:

- 4.000€ para razas de aptitud láctea y 3.500€ para razas de aptitud cárnica, si el número de animales participantes en el evento es de 12 o menos.

- 6.000€ para razas de aptitud láctea y 5.000€ para razas de aptitud cárnica, cuando el número de animales participantes esté entre 13 y 30.

- 10.000€ para razas de aptitud láctea y 7.500€ para razas de aptitud cárnica, cuando el número de animales participantes esté entre 31 y 60.

- 15.000€ para razas de aptitud láctea y 10.000€ para razas de aptitud cárnica, cuando el número de animales participantes esté entre 61 y 100.

- 20.000€ para razas de aptitud láctea y 15.000€ para razas de aptitud cárnica, si el número de animales participantes es superior a 100.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse las entidades locales, las asociaciones de personas ganaderas, incluidas las gestoras de los libros genealógicos, asociaciones de personas empresarias y otras entidades sin ánimo de lucro que organicen certámenes de ganado selecto y que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Selección y preparación de los animales en el evento, la estabulación y alimentación de los mismos durante la celebración del certamen, hasta un máximo de 50€ por animal.

b) El transporte de los animales para la celebración del evento.

c) Los gastos derivados del acondicionamiento, seguridad y limpieza del recinto donde tenga lugar el evento.

d) Los gastos administrativos de tramitación documental y de gestión del certamen.

e) Los costes publicitarios, material promocional, trofeos y escarapelas, hasta un máximo de 10€ por animal participante.

f) Los gastos de seguros relativos a la celebración del evento.

g) Los honorario y gastos del personal técnico contratado para su participación en el evento: jueces reconocidos oficialmente, directores de la subasta, veterinarios responsables de los eventos y veterinarios de las asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas para la gestión del libro genealógico o la realización del control de rendimientos.

Requisitos:

a) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

b) No tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

c) Disponer de instalaciones adecuadas adaptadas al tipo de certamen, que garanticen unas condiciones sanitarias y de bienestar animal óptimas.

d) Disponer de medios técnicos y de personal para la celebración de este tipo de eventos.

e) Disponer de un reglamento interno en el que se establezcan las condiciones mínimas de presentación, bienestar animal, sanidad y calidad genética que deben cumplir los animales participantes.

f) Contar con la autorización previa por parte de los servicios veterinarios oficiales para la celebración del evento.

g) Contar con la colaboración de la correspondiente asociación de ganaderos oficialmente reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia para la gestión del libro genealógico o la realización del control de rendimiento, por lo menos en lo relativo a la acreditación de que los animales participantes en los eventos estén inscritos en los libros genealógicos correspondientes.

h) Los animales participantes en cada certamen deben proceder, por lo menos, de 5 explotaciones distintas pertenecientes a, por lo menos, 5 titulares diferentes.

i) Además, en el caso de las entidades locales, deberán cumplir lo establecido en el artículo 4.1 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.

Para poder participar en los certámenes, los animales:

a) Procederán de explotaciones gallegas cualificadas sanitariamente, y cumplirán los requisitos sanitarios mínimos establecidos en el reglamento interno.

b) Tienen que permanecer en explotaciones gallegas por lo menos los 12 meses previos a la participación en el evento, salvo en el caso de los animales mantenidos desde su nacimiento en estas.

c) Estarán inscritos en los libros genealógicos de las razas correspondientes.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 12/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento