Ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas G4, G5 y G6, dirigidas a entidades de carácter público (Erein Públicos).

Código de ayuda:

S07282/20

Norma:

ORDEN de 31 de enero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de marzo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2020, las ayudas destinadas a la promoción y el desarrollo de las zonas rurales con grado de ruralidad G4, G5 y G6, identificadas en el estudio de «Definición Técnica de zonas rurales».

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales entendidas estas según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi; es decir:

I) El municipio.

II) Los concejos, y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.

III) Las mancomunidades de municipios.

IV) Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.

V) Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016 y demás normativa que sea de aplicación.

b) El sector público institucional local perteneciente a las entidades del apartado a).

c) Las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que suscriban con las entidades locales acuerdos de colaboración para la puesta en marcha de proyectos en beneficio de la zona de intervención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda tiene por objeto fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de infraestructuras o servicios enmarcados en las siguientes actuaciones:

a) Infraestructuras básicas relacionadas con el suministro y canalización de energía eléctrica y gas.

b) Infraestructuras básicas para abastecimiento y saneamiento de agua (únicamente se subvencionarán nuevas infraestructuras y hasta un máximo de 300.000 euros de subvención).

c) Infraestructuras relacionadas con las energías renovables y el ahorro energético: proyectos de generación y suministro de energías renovables y district heating.

d) Infraestructuras de pequeña escala vinculadas al turismo.

e) Infraestructuras relacionadas con el acondicionamiento de los núcleos de población, que tengan por objeto la recuperación de entornos habitados degradados y su adecuación urbanística:

accesibilidad, ajardinamiento, alumbrado y mobiliario urbano.

f) Proyectos para servicios básicos: centros de día y residencias para personas mayores, centros para la infancia (haurreskolas) y farmacias/botiquines.

g) Proyectos para servicios relacionados con el ocio, la cultura y el deporte: centros culturales,
bibliotecas, salas polivalentes y equipamientos deportivos y/o de ocio.

h) Proyectos para servicios relacionados con el turismo: centros de interpretación/museos y oficinas de turismo.

i) Proyectos relacionados con la accesibilidad en equipamientos comunitarios.

j) Proyectos relacionados con la gestión de residuos.

k) Proyectos de habilitación de pequeños polígonos industriales y de edificios o locales para acoger iniciativas empresariales.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 34
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento