Ayudas destinadas a la participación, en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos, exclusivamente a su cargo, residentes en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Comunidad Valenciana y en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Código de ayuda:

S29355/05

Norma:

ORDEN TAS/1557/2005, de 27 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de las ayudas públicas y la convocatoria de las mismas, en régimen de concurrencia competitiva, consistentes en la ocupación de 2.200 plazas, para participar en el Programa de Estancias de Tiempo Libre para mujeres con hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda, por parte del Instituto de la Mujer, consistirá en hacerse cargo del pago directo, a la empresa adjudicataria del concurso, del importe al que ascienda la prestación de los siguientes servicios: alojamiento, manutención, seguro de viajes y fiesta de despedida, para cada una de las personas beneficiarias de las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla que participan en el Programa, durante un periodo de diez días.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas, objeto de la presente convocatoria, las mujeres que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.
- Estar domiciliadas en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana; y las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional (SMI).
- No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.

También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios de las ayudas las hijas y/o hijos de las mujeres, que hayan sido seleccionadas, siempre que éstas y/o estos reúnan los siguientes requisitos:
- Que se encuentren en edades comprendidas entre los dos y doce años, ambos inclusive. Excepcionalmente, las hijas y/o hijos acompañantes podrán superar la edad de doce años establecida, previa valoración positiva de la Comunidad Autónoma y Ciudad correspondiente.
- No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda consistirá en distribuir las 2.200 plazas hoteleras, de establecimientos situados en distintas localidades de la costa española, contratadas por el Instituto de la Mujer a una Agencia de Viajes, mediante concurso público, entre las mujeres y las hijas y/o hijos que les acompañen.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento