Ayudas destinadas a la participación de expositores en el pabellón de España del Congreso Anual Mobile Word Congress Barcelona y en el Four Years From Now.

Código de ayuda:

S41682/21

Norma:

Orden ETD/869/2021, de 28 de julio.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones en especie para la participación de empresas como expositoras de sus productos o servicios en los
Pabellones de España de cada edición del «Mobile World Congress Barcelona» (en adelante, MWC) y el «Four Years From Now» (en adelante, 4YFN).

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas.

Los beneficiarios solo podrán exponer productos o servicios de fabricación propia y sobre los que tenga derechos de comercialización. Asimismo, la convocatoria podrá establecer otro tipo de servicios a los que puedan tener acceso los beneficiarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas en especie irán destinadas a financiar, en la totalidad o en parte, el coste de la participación de empresas en los Pabellones de España para que puedan exponer sus productos o servicios, para lo cual Red.es publicará convocatorias para cada edición del MWC Barcelona y del 4YFN de forma separada.

La ayuda en especie se concretará específicamente en cada convocatoria y se concretará en las siguientes prestaciones:

a) Cesión de uso del suelo para la instalación de un stand para cada expositor. (MWC y 4YFN).

b) Diseño y construcción de cada stand, mobiliario para las zonas privativas (stands) y zonas comunes. (MWC y 4YFN).

c) Servicio de limpieza y de seguridad. (MWC y 4YFN).

d) Cesión de uso de un almacén común. (MWC y 4YFN).

e) Servicio de transporte de mercancías al Congreso. (MWC y 4YFN).

f) Servicio de catering y networking. (MWC y 4YFN).

g) Servicio de internet por wifi y cable. (MWC y 4YFN).

h) Servicio de gestión y coordinación del Pabellón. (MWC).
i) Servicio de difusión. (MWC).

Requisitos:

a) Que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, o disponga de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

b) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No pertenecer al sector público empresarial.

d) No tratarse de sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

e) las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y de Reestructuración de Empresas no financieras en Crisis (2014/C 249/01).

f) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

g) No haber recibido ayudas consideradas de minimis, en los tres ejercicios fiscales anteriores a la convocatoria, que sobrepasen los 200.000 €, de acuerdo con las reglas establecidas en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

h) No podrán participar en otro stand del MWC o del 4YFN, ni en cualquier otro espacio expositivo que tenga lugar de manera simultánea y esté cofinanciado por Red.es.

Los solicitantes deberán acreditar desarrollar toda o parte de su actividad económica en el sector de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) de la movilidad, preferentemente en alguna de las siguientes materias:

a) Smart Cities.

b) Ciberseguridad.

c) Fintech.

d) Internet of things (IoT).

e) Cloud 3D Ecommerce.

f) Geolocalización.

g) Inteligencia artificial.

h) Robótica.

i) Tecnología 5G.

j) Ocio digital interactivo.

k) Tecnologías del lenguaje.

l) Blockchain.

m) Big data.

n) Salud y bienestar social.

o) Sostenibilidad y medioambiente.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 190
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento