Ayudas destinadas a la obtencion de prototipos y a la valorizacion y transferencia de los resultados de investigacion generada por equipos de investigacion de Cataluña (PRODUCTE).- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S01519/15

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2958/2014, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de ayudas destinadas a la obtención de prototipos y la valorización y transferencia de los resultados de investigación generada por equipos de investigación de
Cataluña.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos objeto de la convocatoria deberán tener un presupuesto máximo de 150.000 euros.

La AGAUR aportará una ayuda con un importe máximo para cada proyecto del 50% del coste total, con una contribución máxima de 50.000 euros. La entidad beneficiaria deberá cofinanciar el resto del coste del proyecto.

Si se aprueba la cofinanciación comunitaria, las entidades beneficiarias podrán recuperar hasta el 50% del coste elegible del proyecto mediante el FEDER, de acuerdo con la normativa específica de aplicación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los equipos de investigación de las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias y las instituciones sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación y que tengan sede en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La obtención de prototipos y la valorización y transferencia de los resultados de investigación generada por equipos de investigación de Cataluña.

Requisitos:

a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir todas las obligaciones que asumen con la aceptación de la ayuda regulada por estas bases.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

d) Presentar declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

e) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

f) Estar dadas de alta en el censo del importe sobre actividades económicas en los supuestos en los que sea obligatorio.

g) Estar inscritas en el registro correspondiente.

h) Cumplir con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.

i) En el supuesto de que la institución tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, prever, juntamente con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en sus centros de trabajo.

j) Hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contienen el texto que debe figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

k) En el caso de las fundaciones y asociaciones, haber adaptado sus Estatutos a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

l) En el caso de las fundaciones, haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado.
La acreditación de estos requisitos se realizará mediante la correspondiente declaración acreditativa o la declaración responsable que se incorporará en el formulario de solicitud. En el caso de proyectos colaborativos, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá cumplir los requisitos exigidos en estas bases reguladoras y este cumplimiento se declarará en los convenios pertinentes que indica la base 2.3.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6786
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento