Ayudas destinadas a la mejora de los parametros de calidad de leche cruda de vaca, oveja y cabra mediante la incorporacion de bienes de equipo para el ordeño en las explotaciones de Castilla y Leon - Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S11719/09

Norma:

ORDEN AYG/303/2009, de 27 de enero. ORDEN AYG/668/2009, de 16 de marzo. ORDEN AYG/270/2010, de 18 de febrero. ORDEN AYG/304/2010, de 25 de febrero. ORDEN AYG/1680/2010, de 15 de noviembre. ORDEN AYG/389/2011, de 21 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a la mejora de los parámetros de calidad de la leche cruda de vaca, oveja y cabra en las explotaciones de Castilla y León, mediante la incorporación de bienes de equipo de ordeño (código REAY AGRO28). Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en la Orden AYG/303/2009, de 27 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la mejora de los parámetros de calidad de leche cruda de vaca, oveja y cabra mediante la incorporación de bienes de equipo para el ordeño en las explotaciones de Castilla y León.

Las ayudas contempladas esta Orden tienen como finalidad incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería como actividad central en zonas rurales, garantizar la diversidad de las actividades en el medio rural, facilitar el mantenimiento de la protección de las zonas rurales y conservar y mejorar el medio ambiente ratificando de esta forma el vínculo entre agricultura multifuncional y territorio.

El presente procedimiento de ayuda se encuentra identificado en el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos (IAPA) con el número 656.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las ayudas convocadas en la presente Orden será el siguiente:

a) Si el beneficiario es titular de una explotación de ganado caprino:

• El 60% del importe de las inversiones subvencionables efectuadas por jóvenes agricultores que se encuentren en zonas desfavorecidas, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, sin superar el importe de 13.500 € para la adquisición de equipos de ordeño o de 6.700 € para la adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de leche.

• El 50% del importe de las inversiones subvencionables efectuadas por jóvenes agricultores que se encuentren en otras zonas sin superar el importe de 11.200 € para la adquisición de equipos de ordeño o de 5.600 € para la adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de leche.

• El 50% del importe de las inversiones subvencionables efectuadas por agricultores que se encuentren en zonas desfavorecidas sin superar el importe de 11.200 € para la adquisición de equipos de ordeño o de 5.600 € para la adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de leche.

• El 40% del importe de las inversiones subvencionables efectuadas por agricultores que se encuentren en otras zonas sin superar el importe de 9.000 € para la adquisición de equipos de ordeño o de 4.500 € para la
adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de leche.

b) Para el resto de explotaciones, el 40% de las inversiones sin superar en ningún caso, el importe de 9.000 € para la adquisición de equipos de ordeño o de 4.500 € para la adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de leche.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes que, siendo titulares de una explotación de vacuno, ovino y/o caprino de leche, localizada en territorio de Castilla y León, cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las que a continuación se relacionan:

a) La adquisición de equipos de ordeño.

b) La adquisición de tanques de refrigeración para el almacenamiento de la leche.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

b) No haber sido sancionado por incumplimiento de la normativa de saneamiento ganadero en los dos años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

c) No haber sido sancionado por incumplir las exigencias de calidad de la leche, de acuerdo con el Reglamento 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, por el que se establecen las normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, en los dos
años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

d) No haber sido sancionado en los cinco últimos años anteriores a la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria, por la presencia en su ganado o explotación de residuos de sustancias prohibidas en virtud del Real Decreto 1373/1997, de 29 de agosto, o del Real Decreto 2178/2004, de 12 de noviembre, por los que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría de ganado, ni haber sido sancionado por la presencia en su ganado o explotación de sustancias o productos no autorizados o de sustancias o
productos autorizados, pero en posesión ilegal en su explotación.

e) Que el equipo para cuya adquisición se solicita la subvención no hubiera percibido ayuda alguna al amparo del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, y del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.

f) Hallarse inscrita y activa la explotación del solicitante en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).

g) En el caso de productores de leche de vaca, disponer de cantidad de referencia asignada a la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 34
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 57
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 46
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 17/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 53
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 17/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 53
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/12/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 239
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 12/04/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 71
Documento: Modificación Descargar Documento