Ayudas destinadas a la ejecución de proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas y se convocan las correspondientes a 2009 - Modificación.

Código de ayuda:

S55982/09

Norma:

ORDEN AAR/371/2009, de 27 de julio. ORDEN AAR/430/2009, de 30 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover el desarrollo de sistemas innovadores de gestión de orines procedentes de las explotaciones porcinas, respetuosos y compatibles con la protección del medio ambiente, que eviten consumos ineficientes de energía, que contemplen una visión integral de valorización y desarrollo de mejores técnicas disponibles en la aplicación de orines.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior a 200.000 euros por persona
beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, organizaciones
y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes debidamente constituidas, así como los titulares de explotaciones ganaderas que formen parte de un plan colectivo de gestión de deyecciones ganaderas que reúnan las condiciones que se relacionan a continuación:

a) Deben estar integrados por un mínimo de 3 explotaciones de porcino y 3
titulares diferentes, que presenten conjuntamente un proyecto de gestión de orines, según se define en el anexo 2 de la Orden.

b) Los proyectos tienen que incluir la participación de explotaciones agrarias, o empresas gestoras, de manera que se lleve a cabo una gestión y valorización de orines innovadora desde el punto de vista tecnológico, económico y medioambiental, y que integren las mejores técnicas disponibles en la aplicación de orines.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-La compra, incluido el arrendamiento financiero con opción de compra, de
maquinaria y equipamientos necesarios para una mejora en la gestión de los orines de las explotaciones que favorezcan la preservación y la mejora del entorno natural, hasta el valor de mercado de la mencionada maquinaria o equipamiento que permitan la incorporación adecuada de orines en el suelo.

-La implantación de técnicas para el seguimiento y control de orín proveniente del ganado porcino y la implantación de las Mejores Técnicas Disponibles (MDT) en las explotaciones porcinas:

-Sistemas de alimentación que minimicen el volumen y/o el contenido de
nitrógeno de las deyecciones generadas en las explotaciones, como la incorpora ción de tolvas adicionales para mejorar el ajuste de la alimentación en fases, hasta 2 tolvas más de las que dispone la explotación, y con la implantación de sistemas de alimentación de precisión.

-Mejora de las instalaciones de abrevaderos de manera que se minimicen los
escapes de agua hacia las fosas y la instalación de sistemas de limpieza a presión.

-El cubrimiento de las albercas de orines y la implantación de equipos de
reducción de emisiones, así como sistemas de homogeneización del orín por el
vaciado de las fosas y/o de las balsas.

-Los gastos generales relacionados con los gastos indicados en el apartado
anterior, como los honorarios del personal asesor, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias. El importe del conjunto de estos gastos queda limitado a un máximo de 12 por ciento de las inversiones previstas en el apartado anterior.

Requisitos:

a) No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (2004/C244/02) (DOUE C244, d1.10.2004).

b) Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y sociales en el momento que el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural realice las comprobaciones correspondientes de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria (AEAT ) y sociales con la Seguridad Social, así como no tener deudas de ningún tipo con la Generalidad de Cataluña.

Las explotaciones porcinas integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2.2, deben de:

a) Estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas previsto en el artículo 3.3 del Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, como explotación de producción y reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado.

b) Cumplir con la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de
ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medio ambiente e
higiene.

c) Disponer de las instalaciones de almacenaje de orines necesarias de acuerdo con la normativa vigente.

d) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme el Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 (DOUE L214, de 9.8.2008), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención).

Las explotaciones agrarias integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2.2 deben:

a) Cumplir con la normativa sectorial mínima correspondiente.

b) R egistrar las cantidades de orines aplicadas en la fertilización del terreno, teniendo en cuenta las necesidades y en función del uso del suelo, así como otras posibles aportaciones recibidas.

c) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme al Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 (DOUE L214, de 9.8.2008), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención).

2.5 Cuando corresponda, en el caso de las empresas gestoras integradas en el
proyecto, además de lo establecido en el apartado 2.2, tendrán que respetar los criterios de buenas prácticas agronómicas en la gestión que realicen de los orines.

Documentos asociados

Boletín: 03/08/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5434
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 06/10/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5478
Documento: Modificación Descargar Documento