Ayudas destinadas a la digitalización y mejora de instalaciones de archivos históricos de entidades privadas sin finalidad de lucro.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S32637/15

Norma:

ORDEN 71/2015, de 25 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas que contribuyan a la financiación de los gastos realizados por las entidades privadas sin finalidad de lucro del ámbito competencial de la Generalitat cuyo fin sea, de manera individual o conjunta:

a) La digitalización de documentación anterior a 1940 perteneciente a la entidad.

b) La mejora de las instalaciones de archivo destinadas a la conservación de la documentación anterior a 1940.

Se entiende por archivo y por documento de archivo lo dispuesto en los artículos 80.1 y 76.2, respectivamente, de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin finalidad de lucro del ámbito competencial de la Generalitat que realicen inversiones destinadas, de manera individual o conjunta, a la digitalización de la documentación anterior a 1940 perteneciente a la entidad, y a la mejora de sus instalaciones de archivo destinadas a conservar este tipo de documentación.

Se entiende como entidad privada sin finalidad de lucro lo que determina el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Finalidad de lucro y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo (BOE 310, 27.12.2002).

También podrán ser beneficiarios los centros valencianos en el exterior, regulados por la Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Comunidades de Valencianos en el Exterior, siempre que cumplan las condiciones exigidas en las bases de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas contribuirán a la financiación parcial de las actividades objeto de las mismas, hasta el máximo del 50 %, del coste de la inversión realizada entre el 27 de junio de 2014 y la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7561
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento