Ayudas destinadas a la creacion de nuevas empresas.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S04764/12

Norma:

Torrelavega, 2 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento de solicitud de Ayudas para la creación de nuevas empresas en el Término Municipal de Torrelavega durante el año 2012.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Torrelavega, y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas contempladas se destinaran a la compensación en un 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles o del alquiler del local durante el primer año, con un máximo de 5.000 euros por empresa, siempre y cuando el valor catastral de los referidos inmuebles no sea superior a 200.000 euros.

Requisitos:

a) Que se trate de nuevas actividades que se inicien a partir de 1 de enero del 2012

b) Que no se trate de actividades de temporada.

c) Que no se hayan ejercido anteriormente bajo otra titularidad o califi cación.

d) Que se realicen en local o establecimiento dedicados exclusivamente a dicha actividad, con total separación del resto de actividades empresariales o profesionales, que en su caso pudiera realizar el contribuyente.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir además las siguientes condiciones:

1. Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Torrelavega, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.

2. No tener pendiente de justifi cación ninguna otra subvención.

3. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general se Subvenciones.

4. Que la persona física o jurídica, que solicite la subvención, haya solicitado a su nombre u con carácter previo, la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades, siendo en todo caso imprescindible para el pago de la misma contar con documento acreditativo de la concesión defi nitiva de la citada Licencia.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento