Ayudas destinadas a la creacion de empresas en el municipio.

Código de ayuda:

S21864/12

Norma:

Santander, 1 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de solicitud, concesión y control de las ayudas destinadas a fomentar y apoyar la instalación de nuevas empresas y la apertura de nuevos centros de trabajo de empresas preexistentes en el municipio de Santander.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Santander (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que, además de cumplir los requisitos específicos de cada uno de los programas, reúnan a la fecha de presentación de la solicitud los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa I: Ayudas para la creación de empresas y la apertura de nuevos centros de trabajo.

Programa II: Ayudas para proyectos y empresas califi cadas como Iniciativa I+E.

Requisitos:

a) Tener satisfechas todas las deudas contraídas con el Ayuntamiento de Santander, provenientes de impuestos, tasas, precios públicos o recargos tributarios.

b) No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Santander.

c) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2.003 General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

d) Para los beneficiarios del programa I, que la persona física o jurídica que solicita la subvención, haya solicitado a su nombre y con carácter previo, la correspondiente Licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades, siendo en todo caso imprescindible para el pago de la misma contar con documento acreditativo de la concesión defi nitiva de la citada Licencia.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento