Ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos en Castilla-La Mancha, dentro de la operación 10.2.1 de conservación de recursos genéticos ganaderos del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.

Código de ayuda:

S28237/23

Norma:

Orden 125/2023, de 12 de junio. Orden 76/2019, de 8 de mayo

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de agosto de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, por el procedimiento de tramitación anticipada en el año 2023, las ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos ganaderos en Castilla-La Mancha, recogidas en la Orden 76/2019, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos en Castilla-La Mancha, dentro de la operación 10.2.1 de conservación de recursos genéticos ganaderos del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables, con un límite de 15 euros por UGM en Castilla-La Mancha. A efectos de aplicar la intensidad de esta ayuda se entenderá como UGM el número de machos y hembras reproductoras inscritos en el libro genealógico, según la tabla de equivalencias incluida como anexo III.

El límite máximo de la ayuda es de 200.000 euros anuales por organización.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a la condición de persona beneficiaria de estas ayudas las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas para la gestión y control del libro genealógico de razas ganaderas y las organizaciones regionales que, a su vez, estén integradas en las anteriores (en adelante, la organización) que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica.

b) Que dicha organización esté oficialmente reconocida para la gestión del Libro Genealógico y del Programa de Cría de cualquiera de las razas de ganado que figuran en el Anexo I de la presente orden. En el caso de razas donde la organización oficialmente reconocida para dicho fin esté integrada a su vez por organizaciones de ámbito autonómico, la organización beneficiaria podrá ser la organización de ámbito autonómico que opere en Castilla-La Mancha.

c) Que su ámbito de actuación incluya a los animales de la raza y sus ganaderías en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

d) Que las actuaciones previstas por la organización y para las que solicite la ayuda, se adecuen cualitativa y cuantitativamente a la situación de la raza en Castilla-La Mancha, tomando como referencia el programa de cría aprobado para dicha raza y los censos declarados en el Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA) por la propia organización.

e) Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el reglamento de desarrollo del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre (Decreto 21/2008, de 5 de febrero).

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 116
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Boletín: 20/06/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 116
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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