Ayudas destinadas a la bonificación de intereses en préstamos preferenciales bonificados formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León afectados por la sequía y otros fenómenos meteorológicos adversos en la campaña agrícola 2018-2019.

Código de ayuda:

S53346/19

Norma:

ORDEN AGR/860/2019, de 26 de septiembre. ORDEN AGR/72/2020, de 28 de enero. ORDEN AGR/234/2020, de 21 de febrero. Orden de 29 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Establecer las normas reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a bonificar los intereses de los préstamos preferenciales que suscriban los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León, afectados por la sequía y otros fenómenos meteorológicos adversos en la campaña agrícola 2018-2019, para financiar sus explotaciones.

b) Establecer el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la suscripción de dichos préstamos preferenciales bonificados para la posterior concesión de las subvenciones que se convoquen al efecto.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden, las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes, explotaciones de titularidad compartida y sociedades civiles, titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrá la consideración de actividad subvencionable la formalización por los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León de un préstamo preferencial bonificado en los términos y condiciones establecidos en la presente orden, formalizados con las entidades financieras que se adhieran voluntariamente al procedimiento de gestión de las subvenciones que se regulan en la misma, para lo cual deberán suscribir los correspondientes convenios de colaboración con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Requisitos:

a) Obtener el reconocimiento del derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado según lo dispuesto en la presente orden.

b) Formalizar dicho préstamo con alguna de las entidades financieras colaboradoras en las condiciones establecidas en el artículo 8 de esta orden.

c) Suscribir una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en los Planes de Seguros Agrarios Combinados de los años 2018 y 2019 antes del 31 de octubre de 2019 y comprometerse a mantenerlo tres años más.

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