Ayudas destinadas a la Comercialización Turística y a la Promoción (Programa CTP) para el año 2020.

Código de ayuda:

S17946/20

Norma:

ORDEN de 30 de abril de 2020.

Plazo de Solicitud:

1 mes a partir del día siguiente de la pérdida de vigencia del estado de alarma.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular y convocar las ayudas destinadas a incentivar el desarrollo de proyectos que contribuyan al diseño y puesta en marcha de productos turísticos y experiencias turísticas de Euskadi, su promoción y comercialización, así como impulsar aquellos eventos que contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Cooperación empresarial
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1) Microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME) o unión de las mismas, que presten servicios turísticos o tengan incidencia sobre el sector turístico.

La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

Para cualquier otra interpretación de lo señalado anteriormente, se tendrá en cuenta lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE, L 124, de 20 de mayo de 2003), o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.

2) Asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro en cuyo objeto social estén incluidas actividades de promoción y comercialización turística.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Apoyo a la creación y puesta en marcha, promoción y comercialización de productos turísticos y experiencias turísticas que se desarrollen en Euskadi y que estén disponibles para la venta en 2020.

B) Apoyo a eventos culturales, gastronómicos y deportivos realizados en Euskadi, con proyección nacional e internacional, que contribuyan a consolidar su posicionamiento turístico y al incremento del número de pernoctaciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 89
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento