Ayudas destinadas a inversiones para la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes - año 2015.

Código de ayuda:

S37491/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta el agotamiento de los fondos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de
recursos externos.

La escasez de los recursos energéticos y la incidencia que sobre el medioambiente tiene el uso de la energía influyen de manera creciente en la preocupación tanto de las administraciones como de la sociedad. Por ello, el objetivo prioritario de este Programa de Ayudas es la promoción de Proyectos de Demostración y Validación de Tecnologías Energéticas Renovables Marinas Emergentes dentro de la geografía de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante “CAPV”), favoreciendo el futuro desarrollo de las energías renovables, para lo cual se pone a disposición de los potenciales beneficiarios de este Programa de Ayudas los medios económicos que faciliten la realización de las actuaciones de demostración y su validación comprendidas en el mismo.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Empresas con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que tengan su domicilio social o desarrollen su actividad en la CAPV.

b) Los consorcios, agrupaciones o asociaciones de empresas sin personalidad jurídica, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante “LGS”), que tengan su domicilio social o desarrollen su actividad en la CAPV.

La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.

c) Agentes de la red vasca de ciencia y tecnología, acreditados al efecto, con independencia de su forma jurídica y cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y difundir los resultados de las mismas mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de tecnología.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 151
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento