Ayudas destinadas a inversiones en promoción de instalaciones de energías renovables para producción eléctrica – Año 2015.

Código de ayuda:

S25964/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de recursos externos.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito de esta convocatoria de ayudas tendrán como límite de cuantía
total y máxima de ayuda por beneficiario cuarenta mil (40.000) euros, y no pudiendo, en ningún caso,
superar los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto contemplado en las bases 4.ª de este
Programa de Ayudas. En cualquier caso, la cuantía de la ayuda no podrá superar el 45% del coste subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que lleven a cabo inversiones en instalaciones de energías renovables, de las descritas en la base 4.ª de este Programa de Ayudas, en el territorio de la CAPV.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de subvención a cargo del presente Programa de Ayudas son todas las que se detallan a continuación y siempre que cumplan las condiciones técnicas particulares establecidas para cada tipo de tecnología y hagan referencia a instalaciones energéticas cuya localización sea en el territorio de la CAPV:

– Instalaciones aisladas de la red eléctrica, bien de tipo fotovoltaica, eólica o minicentrales hidroeléctricas, siempre que la potencia nominal de generación instalada no supere los 100 kW (potencia del conjunto de inversores, si los tuviera).

– Instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica, bien en régimen de autoconsumo de la electricidad producida, o bien bajo el esquema de balance neto (autoconsumo, exportación e importación de electricidad), siempre que la potencia nominal de generación instalada no sea superior a 1 MW (potencia del conjunto de inversores).

– Instalaciones eólicas conectadas a la red eléctrica, bien en régimen de autoconsumo de la electricidad
producida, o bien bajo el esquema de balance neto (autoconsumo, exportación e importación de electricidad), siempre que la potencia nominal de generación instalada no sea superior a 1 MW (potencia
del conjunto de inversores).

– Instalaciones hidroeléctricas conectadas a la red eléctrica, bien en régimen de autoconsumo de la
electricidad producida, o bien bajo el esquema de balance neto (autoconsumo, exportación e importación
de electricidad), siempre que la potencia nominal de generación instalada no sea superior a 1 MW
(potencia del conjunto de inversores).

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento