Ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o la construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo, así como para inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, y se convocan para el año 2023 (códigos de procedimiento MR406B y MR406C), Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Código de ayuda:

S38346/23

Norma:

ORDEN de 17 de octubre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas incluidas en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), en la política palanca número 1, dentro de ella en el componente 3, y dentro de este en la inversión 3 (acrónimo C3.I3) (Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (II): refuerzo de los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección), en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia, establecidos en sus artículos 8 y 17, y de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de dicha ley, aprobado mediante el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y convocarlas para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Según el tipo de ayuda solicitada, podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica:

1. Ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado vivo o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad (código de procedimiento MR406B):

a) Que sean titulares o propietarias de los centros de limpieza y desinfección para ganado vivo, incluidas las especies cinegéticas, autorizados y registrados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial estén ubicados, y se comprometan a la mejora del mismo,

b) O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección.

2. Ayudas destinadas a inversiones en bioseguridad en viveros acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción (código de procedimiento MR406C):

a) Que sea operador profesional registrado como productor, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma a producir material vegetal de reproducción.

b) Que sea productor de material vegetal de reproducción susceptible de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son transmitidas por insectos vectores:

1º. Xylella fastidiosa.

2º. Bursaphelenchus xilophilus.

3º. HLB o greening de los cítricos.

4º. Flavescencia dorada.

c) Ser productor de material vegetal de reproducción de alguno o varios de los siguientes lugares de producción: 1º. Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.

2º. Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.

3º. Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar.

4º. Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.

5º. Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.

6º. Viveros forestales.

7º. Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar. 8º. Campos de material de multiplicación de hortalizas.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 205
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 27/10/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 205
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento