Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas distintas a las de montaña en las Illes Balears.- Convocatoria 2014.- Incremento crédito ayuda.

Código de ayuda:

S02046/13

Norma:

Palma, 19 de enero de 2013. Orden de 4 de diciembre de 2012. Palma, 6 de febrero de 2014. Palma, 9 de mayo de 2014. Palma, 29 de julio de 2014. Palma, 8 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria, correspondiente al año 2014, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas desfavorecidas distintas a las de montaña, de acuerdo con lo que se establece en el Texto Refundido de la Orden de bases
reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2007-2013, aprobado mediante la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 4 de diciembre de 2012, publicado en Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 186, de 15 de diciembre de 2012.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la indemnización compensatoria anual que puede recibir el titular de la explotación, calculada según el punto anterior, no puede ser inferior a 300,00 euros ni superior a 2.500,00 euros. En virtud de lo cual, si de la cuantía calculada se obtuviera un resultado inferior a 300,00 euros o superior a 2.500,00 euros, los importes de la ayuda se incrementarían o reducirían, según el caso, hasta llegar a los límites señalados.

En el caso de que el beneficiario de la ayuda sea socio de una explotación agraria constituida como cooperativa, sociedad agraria de transformación o sociedad rural menorquina, recibirá la indemnización compensatoria proporcional en su cuota de participación, que podrá
acumular, si procede, a la que pudiera otorgarse como titular individual de una explotación agraria, a efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los agricultores que reúnan, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas distintas a las de montaña en las Illes Balears.

Requisitos:

a) Ser agricultor a título principal o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria, ya sea a título individual o como socio de una explotación agraria constituida como cooperativa, Sociedad Agraria de Transformación o sociedad rural menorquina.

b) Que tengan su residencia en el término municipal en el que se ubique la explotación o en alguno de los municipios fronterizos situados en alguna de las zonas desfavorecidas señaladas.

Documentos asociados

Boletín: 15/12/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 186
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/01/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 12
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 11/02/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 21
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 13/05/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 65
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 05/08/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 105
Documento: Incremento Crédito. Descargar Documento
Boletín: 14/08/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 109
Documento: Incremento Crédito. Descargar Documento