Ayudas destinadas a fomentar las medidas de prevención y protección de las aforestaciones y reforestaciones de la fauna salvaje cinegética de caza mayor (corzo y ciervo) en el año 2003.

Código de ayuda:

S02228/03

Norma:

Resolución MAB/2538/2003, de 14 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a los gastos derivados de las inversiones en medidas de prevención y protección de las aforestaciones y reforestaciones de la fauna salvaje cinegética de caza mayor, concretamente el corzo y el ciervo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Ayudas de hasta un 80% del presupuesto, con un máximo de 3.000 euros por propietario, y de 500 euros por hectárea, para la inversión consistente en la adquisición y colocación de protectores forestales y los tutores correspondientes.
b) Ayudas de hasta un 20% del presupuesto, con un máximo de 1.500 euros por propietario, para la inversión consistente en la reposición de los protectores forestales con los tutores correspondientes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas de carácter privado y los entes locales propietarios de terrenos forestales. También pueden optar a las ayudas las asociaciones de propietarios forestales legalmente constituidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adquisición y colocación de protectores forestales y los tutores correspondientes.
b) La reposición de los protectores forestales y los tutores correspondientes.

Serán prioritarias las inversiones realizadas en fincas con plan técnico de gestión y mejora forestal aprobado y ubicadas en comarcas donde existen áreas de caza con presencia constatada de especies de fauna salvaje, corzo y ciervo, y zonas limítrofes.
Se considerarán las inversiones realizadas en fincas sin plan técnico de gestión y mejora forestal aprobado que se encuentren ubicadas en comarcas donde existen áreas de caza con presencia constatada de especies de fauna salvaje, corzo y ciervo, y zonas limítrofes.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2003
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 3958
Documento: Convocatoria Descargar Documento