Ayudas destinadas a fomentar la participacion, permanencia y promocion de las mujeres en el mercado de trabajo.

Código de ayuda:

S16137/08

Norma:

Orden EMP/27/2008, de 27 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer lasbases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, a través de los siguientes programas que habrán de desarrollarse en la Comunidad Autónoma de Cantabria:

Programa I.- De fomento del ascenso y promoción profesional de las mujeres trabajadoras en pequeñas y
medianas empresas.

Programa II.- Para promover la elaboración y puesta en marcha en las empresas empleadoras de medidas de acción positiva para la conciliación de la vida familiar y laboral, la no discriminación y la igualdad.

Programa III.- De apoyo a programas de actuación destinados a la promoción socio-laboral de las mujeres.

Programa IV- Fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) En el programa I: Pymes, Entidades Privadas y Asociaciones sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla
superior a 3 personas trabajadoras fijas y que desarrollen su actividad en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) En el programa II: Pymes, Entidades Privadas y Asociaciones sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla superior a 3 personas trabajadoras fijas en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria donde se pretendan desarrollar las medidas de acción positiva.

c) En el programa III: Pymes, Entidades Privadas y Asociaciones sin ánimo de lucro, con sede social en la
Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan experiencia en el desarrollo de actuaciones para fomentar la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

d) En el programa IV: Pymes. Entidades Privadas y Asociaciones sin ánimo de lucro, que desarrollan la actividad subvencionable en centros radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa I.- De fomento del ascenso y promoción profesional de las mujeres trabajadoras en pequeñas y
medianas empresas: la novación de contratos de trabajo efectuada a partir del día 1 de enero de
2008 que suponga con carácter indefinido un ascenso o promoción profesional de la trabajadora.

Programa II.- Para promover la elaboración y puesta en marcha en las empresas empleadoras de medidas de acción positiva para la conciliación de la vida familiar y laboral, la no discriminación y la igualdad: la puesta en marcha de medidas de acción positiva, con la duración indicada.

Programa III.- De apoyo a programas de actuación destinados a la promoción socio-laboral de las mujeres: aquellos programas de actividades que se desarrollen en el ejercicio 2008 y que se inserten en alguno de los siguientes ámbitos de actividad:
a) Programas destinados a concienciar a la sociedad y empresariado sobre los obstáculos y discriminaciones existentes en el ámbito laboral que impiden la plena integración de las mujeres en el mismo.
b) Programas destinados a concienciar a quienes participen en la negociación colectiva, organizaciones empresariales y sindicales, sobre los obstáculos y discriminaciones existentes en el ámbito laboral que impiden la plena integración de las mujeres en el mismo.
c) Programas tendentes a promover el reparto equitativo de responsabilidades familiares entre hombres y
mujeres como condición básica para el desarrollo eficaz de una política de igualdad de oportunidades en el
empleo.
d) Programas destinados a asesorar a empresas de menos de 250 personas trabajadoras sobre las medidas que, en virtud de la aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, deban ser incluidas, voluntariamente, en la negociación colectiva, siempre que ese asesoramiento se realice cada caso concreto y atendiendo a las circunstancias de cada empresa concreta.
e) Programas destinados a fomentar y promover la elaboración e implantación de Medidas de acción positiva en las empresas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de lograr una mejor participación y representación de las mujeres en las mismas, así como facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas que en ella están empleadas, a través de medidas que permitan cubrir total y/o parcialmente los horarios no lectivos de niños mayores de 2 años y el cuidado de personas
dependientes.
f) Programas tendentes a promover en el empresariado la equiparación salarial de las mujeres en determinados sectores.
g) Programas destinados a concienciar, sensibilizar e incentivar el acceso de las mujeres al ámbito de dirección y de gestión de empresas, contribuyendo a erradicar el fenómeno de la segregación ocupacional vertical.
h) Programas de diversificación profesional destinados a concienciar, sensibilizar e incentivar el acceso de las mujeres a profesiones y ocupaciones en los que tienen un bajo índice de representación, contribuyendo a erradicar el fenómeno de la segregación ocupacional horizontal.
i) Programas con actuaciones dirigidas al fomento de la difusión de la cultura emprendedora de las mujeres y la creación de redes como medio de comunicación y difusión.
j) Programas destinados a proporcionar servicios de asistencia y atención a los hijos/as u otras personas
dependientes de trabajadores que permitan compatibilizar la actividad laboral con la familiar.
k) Programas de apoyo individual integral a la inserción socio-laboral de mujeres pertenecientes a colectivos con riesgo de doble marginación: mujeres sin recursos o con bajos ingresos, inmigrantes, sin estudios, prostituidas, madres solas y/o adolescentes, beneficiarias de los programas de renta activa de inserción, paradas de largo duración, mujeres con algún tipo de discapacidad, etc.
l) Programas de apoyo individual integral especialmente dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género.
m) Programas para el fomento de la promoción del uso de Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación con la finalidad de contribuir a la inserción socio-laboral de las mujeres.
n) Programas destinados a sensibilizar a la población y al sector empresarial sobre la situación de las mujeres con algún tipo de discapacidad, y su repercusión sobre la inserción socio-laboral.
ñ) Programas que fomenten la incorporación de la perspectiva de género a las políticas de empleo, abordando aspectos tales como la centralidad en el empleo y mejora de la autoestima personal, siempre bajo la óptica de mejorar la empleabilidad de las mujeres a través del trabajo personal.

Programa IV- Fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar: la contratación por parte de Pymes, Entidades Privadas y Asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en centros
radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria de personas paradas, desempleadas, para sustituir a los titulares de permisos parentales citados en el artículo precedente.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 48
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento