Ayudas destinadas a fomentar la accion sindical en el ambito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos publicos.

Código de ayuda:

S23891/09

Norma:

Orden ESD/747/2009, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el mantenimiento de representantes sindicales, con dedicación exclusiva a las funciones sindicales en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de la presente Orden se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.04.322A.482 y 18.04.322B.482 por importes máximos respectivos de 1.030.310 y 336.510 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sexto. 2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (Boletín Oficial del Estado del 8), tengan la consideración de más representativas a nivel estatal en el ámbito de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Requisitos:

Los representantes sindicales retribuidos por las organizaciones sindicales con las ayudas a las que se refiere la presente Orden, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Cumplir las condiciones que para afiliarse a las organizaciones sindicales establecen los artículos primero. 2 y tercero. 1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de 1985, de Libertad Sindical.

Ostentar un cargo electivo o realizar funciones sindicales a nivel provincial o superior en la organización sindical, relacionado con el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

No percibir retribución alguna con cargo a la nómina de pago delegado a que hace referencia el artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos (Boletín Oficial del Estado del 27).

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 74
Documento: Convocatoria 2009 y Solicitud Descargar Documento