Ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria.

Código de ayuda:

S11791/04

Norma:

Orden 29/2004 de 14 abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el cese anticipado en la actividad agraria en el marco del «Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de
Acompañamiento en España».

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Los cedentes percibirán, hasta alcanzar la jubilación definitiva y, como máximo, hasta el día en que cumplan los 65 años de edad:
a) Una indemnización anual, cuyo importe se fija en las siguientes cantidades:
- 6.412,92 euros, si el titular tiene cónyuge a su cargo.
- 5.485,68 euros, si el titular no tiene cónyuge a su cargo.
- 5.022,24 euros, si el cónyuge recibe la ayuda prevista en el apartado 4.
b) Una prima anual complementaria de 106,18 euros por hectárea tipo que transmita o ceda de la explotación, sin exceder de 3.000 euros por beneficiario.
Si el cesionista trasmite en propiedad el 100% de su propiedad en la explotación, percibirá un 20% más en la prima anual por hectárea tipo.

2. Los cedentes percibirán, en su caso, un complemento anual de jubilación, desde el día en que al cumplir los sesenta y cinco años se jubilen definitivamente, hasta que cumplan los 70 años de edad.

3. Los trabajadores percibirán una indemnización anual cuyo importe será de 3.545,40 euros.
Dichas ayudas las podrán percibir hasta alcanzar la jubilación definitiva y como máximo hasta el día en que cumplan los 65 años de edad. Solo se concederá indemnización a un trabajador por explotación, teniendo preferencia los trabajadores por cuenta ajena sobre los familiares, y dentro de ellos, si hubiera más de uno, el más antiguo, y en caso de igualdad, el de mayor edad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los cedentes o cesionistas y los trabajadores de las explotaciones cuyos titulares cesen en la actividad agraria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Otorgar unos ingresos a los agricultores y trabajadores de mayor edad que decidan cesar en la actividad agraria, mejorar la viabilidad económica de las explotaciones agrarias y sobre todo, contribuir a la incorporación de jóvenes agricultores a la dirección de las explotaciones.

Requisitos:

Según el tipo de beneficiario.
Consultar fichero adjunto.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 81
Documento: Convocatoria Descargar Documento