Ayudas destinadas a financiar la implantacion del Programa de Apoyo Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estimulo y Motivacion para el Alumnado) en centros educativos privados concertados de la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S33473/13

Norma:

DECRETO 160/2013, de 27 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo en los centros docentes privados concertados que impartan Educación Primaria y Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura del Programa de Apoyo Socioeducativo REMA articulado para promover actuaciones educativas complementarias de carácter compensador en relación con el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de factores sociales, económicos, culturales o étnicos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros educativos privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que hayan sido seleccionados por la Consejería competente en materia de educación en los términos y condiciones establecidas en el presente decreto y la respectiva convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de funcionamiento. Comprenderá los recursos económicos necesarios para satisfacer las siguientes necesidades:

a.1. Material fungible, recursos didácticos u otros recursos que faciliten la participación del alumnado y de las familias en el desarrollo del programa.

a.2. Realización de servicios necesarios para el desarrollo de las actuaciones de referencia
correspondientes: ponentes, comunicaciones, así como las actuaciones complementarias del coordinador docente del programa.

Del total de la cantidad asignada al centro, la cuantía máxima que podrá destinarse a gastos de funcionamiento no superará los 3.000 euros por centro educativo y curso académico.

b) Retribuciones al profesorado de apoyo externo que realiza la atención directa al alumnado
en horario extraescolar.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades que se encuentren incursas en algunas de las circunstancias previstas en el apartado segundo y tercero del artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Asimismo, no podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades que no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica y estatal y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento