Ayudas destinadas a financiar la formacion de las personas empleadas en las diferentes Administraciones Publicas de la Comunidad Autonoma de Euskadi.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S27782/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación de las personas empleadas en las administraciones públicas vascas indicadas en la base tercera, en el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las administraciones municipales de la Comunidad Autónoma.b) Las administraciones forales de la Comunidad Autónoma.

c) La Universidad del País Vasco, respecto a la formación del personal de administración y
servicios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los planes o programas de formación aprobados por las administraciones públicas vascas
para su personal para el ejercicio 2013.

Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente
dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:

– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.

– El establecimiento de redes de aprendizaje temporales o permanentes.

– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.

– La realización de diagnóstico de las necesidades formativas en que se base el plan de
formación del año 2013 o siguientes.

– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.

b) La participación, en el ejercicio 2013, en acciones formativas organizadas por el Instituto
Vasco de Administración Pública. La participación implica el abono del importe de las correspondientes matrículas. La ayuda consistirá en la financiación del equivalente a una parte de las matrículas abonadas. A la financiación por este concepto podrán acogerse las administraciones locales de la Comunidad Autónoma, siempre y cuando no hayan sido beneficiarias de las ayudas establecidas en el apartado a) de esta base.

Documentos asociados

Boletín: 17/07/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 136
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento