Ayudas destinadas a financiar la creacion o ampliacion de pequeñas y medianas empresas que generen empleo estable en el marco del programa operativo para Melilla 2007-2013.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S28155/11

Norma:

Orden n.º 229 de fecha 2 de mayo de 2011. Melilla a 30 de noviembre de 2007. En Melilla, a 23 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de junio de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 7 Reglamento por el que se regula el Régimen General de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. (BOME nº 4.399 de 15/05/ 07), en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L.124 de 20 de mayo de 2003), cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad Autónoma de Melilla.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de inversión siguientes:

a) Creación de nuevas empresas: Aquellos proyectos de inversión que impliquen el inicio de una actividad empresarial y generen, además, nuevos puestos de trabajo, y que entre sus objetivos se encuentre la diversificación del tejido productivo local.

b) Ampliación: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de una actividad empresarial ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que se creen nuevos puestos de trabajo y que incluyan una modernización y/o especialización de la empresa.

Requisitos:

Los requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión serán los siguientes:

a) Han de tener viabilidad técnica, económica y financiera.

b) Han de suponer la creación de empleos estables. En los proyectos de ampliación el beneficiario deberá incrementar su plantilla media con respecto
a los doce meses anteriores a la presentación de su solicitud.

c) La ejecución por parte del beneficiario del proyecto de inversión, así como la realización de las contrataciones objeto de la subvención, deberán
efectuarse una vez se haya presentado la solicitud de ayudas y el responsable del Órgano Instructor haya confirmado por escrito que, en espera de una verificación detallada, el proyecto cumple las condiciones de admisibilidad establecidas en el presente régimen. Si las labores comienzan antes de haberse cumplido lo dispuesto en este apartado, el proyecto no podrá optar a la ayuda.

d) La aportación del beneficiario destinada a la financiación del proyecto debe ser como mínimo del 25%.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2007
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4461
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4816
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 29/05/2012
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4925
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento