Ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, a iniciar en 2009 - Modificación.

Código de ayuda:

S63046/08

Norma:

ORDEN EDU/1702/2008, de 1 de octubre. ORDEN EDU/1677/2008, de 24 de septiembre. ORDEN EDU/214/2009, de 6 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/11/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, a iniciar 2009.

La cuantía global máxima de estas ayudas será de TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS (360.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.467B01.74011.0, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009, y de QUINIENTOS VEINTE MIL EUROS (520.000 €) con cargo a la aplicación que corresponda de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León
para el año 2010.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda dependerá de la titulación del personal técnico de apoyo a la investigación que se pretende contratar, de la duración del contrato y de la dedicación que se especifique en éste con los siguientes límites:

a) Personal técnico de apoyo a un solo proyecto de investigación:
1) Hasta 18.000 euros anuales para maestro, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
2) Hasta 14.500 euros anuales para técnico superior en formación profesional.

b) Personal técnico de apoyo a dos o más proyectos de investigación:
1) Hasta 33.000 euros anuales para maestro, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
2) Hasta 28.000 euros anuales para técnico superior en formación profesional.

La ayuda para cada uno de los contratos que se formalicen cubrirá como máximo el salario bruto, la cuota empresarial de la Seguridad Social y, cuando proceda, las indemnizaciones por despido o finalización de contrato en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores o en su normativa de desarrollo.

Cuando se hayan de abonar otro tipo de indemnizaciones se procederá a habilitar el crédito correspondiente de conformidad con el apartado 2.2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria las universidades públicas de Castilla y León, los organismos y centros públicos de investigación y los hospitales universitarios con conciertos vigentes con las universidades de Castilla y León, ubicados en Castilla y León.

No podrán solicitarse estas ayudas para colaborar en proyectos de investigación si ya las hayan obtenido al amparo de la Orden EDU/552/2008, de 4 de abril, por la que se realiza convocatoria pública de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación para colaborar en la ejecución de proyectos de investigación del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación de Castilla y León. En el caso de la modalidad b) (colaboración en proyectos de investigación agrupados) de concurrir algún proyecto en las anteriores circunstancias se procederá a su exclusión sin que ello impida por sí solo la inadmisión de la solicitud de ayuda, siempre y cuando no determine el incumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Este personal técnico de apoyo a la investigación deberá ser contratado para colaborar en la ejecución de proyectos de investigación del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación de Castilla y León.

La contratación de personal técnico de apoyo a la investigación podrá realizarse en alguna de las siguientes modalidades:

a) Colaboración en la ejecución de un solo proyecto de investigación.
b) Colaboración en la ejecución de proyectos de investigación agrupados bajo un coordinador.

En cualquiera de las dos modalidades, el técnico de apoyo podrá ir destinado a un servicio central de apoyo a la investigación, en cuyo caso será el director de dicho servicio el que coordine la labor del técnico.

En la modalidad b, los proyectos agrupados han de tener la misma duración y pertenecer a una misma convocatoria pública de ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación.

La duración de las ayudas podrá ser de una o dos anualidades, con el siguiente alcance:

a) En el supuesto de solicitud para una anualidad, se estará a lo siguiente:

– Para la anualidad de 2009, la ayuda podrá comprender desde la fecha de formalización del contrato hasta el 31 de octubre de 2009.
– Para la anualidad de 2010, la ayuda podrá comprender desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de octubre de 2010.

b) En el supuesto de solicitud para dos anualidades, la ayuda podrá comprender, desde la fecha de formalización del contrato hasta el 31 de octubre de 2010.

Requisitos:

Los requisitos que debe cumplir el personal técnico de apoyo a la investigación para poder ser contratado con cargo a estas ayudas son:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
b) Estar en posesión, en el momento de presentar la solicitud, de alguno de los títulos siguientes:
– Título universitario de maestro, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.
– Título de técnico superior de formación profesional.
Cuando el técnico de apoyo que vaya a ser contratado, tenga que realizar trabajos con animales utilizados para la experimentación u otros fines científicos, habrá de acreditar las competencias recogidas en el Anexo I del Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre. («B.O.E.» de 21 de octubre).
c) No haber tenido vinculación laboral con el centro contratante con anterioridad a la concesión de la ayuda. Este requisito no se aplicará al personal técnico de apoyo a la investigación contratado al amparo de la Orden EDU/552/2008, de 4 de abril, para colaborar en la ejecución de proyectos de investigación que
finalizaron en 2008.

El personal técnico prestará su apoyo a los proyectos de investigación que se realicen durante el año 2009, 2010 o ambos, de las convocatorias públicas de ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación.

La formalización de los contratos se realizará tras la resolución de la correspondiente convocatoria conforme a lo dispuesto en la normativa laboral y los convenios colectivos de referencia para la entidad
solicitante.

En la modalidad b (colaboración en la ejecución de proyectos de investigación agrupados bajo un coordinador) la contratación podrá ser a tiempo completo o parcial. En la modalidad a (colaboración en la ejecución de un solo proyecto de investigación) sólo se contratará a tiempo parcial. La retribución estará en función de las horas que se especifiquen en el contrato.

En ningún caso la concesión de las ayudas conllevará relación contractual entre el personal técnico de apoyo y la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Documentos asociados

Boletín: 01/10/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 190
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/10/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 192
Documento: Convocatoria para proyectos a iniciar en 2009 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 12/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 29
Documento: Modificación Descargar Documento