Ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violenciade género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia.

Código de ayuda:

S03164/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de marzo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 6.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva a las asociaciones de madres y padres de alumnos/as (ampas) legalmente constituidas y a las federaciones o confederaciones de ampas, de los centros educativos sustentados con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de programas de actividades de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y rechazo de la violencia contra las mujeres, dirigidas al alumnado de centros educativos no universitarios, a las familias, a las ampas y a la comunidad educativa, en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder al amparo de esta línea es de 3.000 € para las solicitudes de asociaciones de madres y padres que se presenten de manera individual y de 6.000 € para las solicitudes conjuntas, que se presenten agrupadas, por dos o más asociaciones de madres y padres o bien para las federaciones o confederaciones de ampas.

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuatrocientos mil euros (400.000 €) con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Solicitud individual: podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las asociaciones de madres y padres de alumnado (ampas) de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que, con anterioridad al final del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.

2. Solicitud conjunta: también podrán ser entidades beneficiarias las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres y la solicitud de dos o más ampas que se agrupen para solicitar y gestionar conjuntamente las actuaciones objeto de esta convocatoria que, con anterioridad al final del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo. El requisito de constitución legal y de inscripción se tendrá que acreditar por todas las entidades que se incluyan en la modalidad conjunta.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la realización de programas y actividades de difusión, información y formación para la promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género, a realizar por las ampas, federaciones y confederaciones de ampas, dirigidos al alumnado de centros educativos no universitarios, a las familias y a la comunidad educativa, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, realizadas entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021.

Asimismo, para que el programa y actividades pueda ser subvencionado al amparo de esta resolución tiene que incluir, como mínimo, el desarrollo y realización de una actividad dirigida directamente a las familias, madres y padres, que facilite la difusión, información, conocimiento y mismo reflexión sobre las actividades de difusión llevadas a cabo con el alumnado y el resto de la comunidad educativa.

Serán objeto de subvención las citadas actividades y programas que respondan a alguna o algunas de las siguientes tipologías contempladas en las medidas del Pacto de Estado contra la violencia de género del eje 1:

a) Escuelas de padres y madres y/o formación para las familias en temas de igualdad, de educación afectivo-sexual (aspectos fisiológicos y afectivo-emocionales) y sobre violencia de género.

b) Elaboración de materiales informativos para madres y padres que les ayuden a detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.

c) Realización de acciones de formación, sensibilización y difusión, contra la cosificación del cuerpo de las mujeres y contra la hipersexualización de las niñas.

d) Formación para padres y madres y/o para jóvenes y chicos sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking, sexting, grooming, etc).

e) Acciones de formación con las familias y/o alumnado sobre nuevas masculinidades para romper con los micromachismos y los comportamientos machistas adquiridos por los estereotipos.

f) Otras acciones de formación e información para madres y padres que sensibilicen a las familias sobre los estereotipos persistentes en la sociedad y también en el campo educativo y sobre pautas para prevenir la violencia de género, o para detectarla y que se den a conocer entre las familias los protocolos existentes en los casos de agresiones o violencia contra las chicas.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento