Ayudas destinadas a entes locales, administraciones públicas y empresas sin ánimo de lucro para la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña.

Código de ayuda:

S51355/20

Norma:

RESOLUCIÓN TES/2375/2020, de 23 de septiembre. RESOLUCIÓN TES/2869/2020, de 31 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de diciembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña y gestionar correctamente los residuos de amianto.

La finalidad de la subvención es promover y fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, y procurar que esta retirada se efectúe con las óptimas condiciones, con la finalidad última de mejora ambiental y de la minimización del riesgo que este material comporta para la salud pública.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención por los gastos económicos derivados de la retirada, el transporte y la gestión de los residuos de amianto será de carácter dinerario con porcentaje del 100% de las facturas presentadas, estableciéndose una ayuda máxima de mil euros (1.000 €/t) por tonelada de residuos de la construcción que contengan amianto por actuación subvencionada, sin limitación de la cantidad de (toneladas) generadas en cada actuación de desmontaje solicitada.

El importe de la ayuda incluye la retirada, el transporte de amianto efectuado por las empresas inscritas al RERA, así como la gestión y tratamiento de los residuos de amianto mediante las empresas inscritas al Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña (RGPGRC).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Se considerarán beneficiarios y podrán acogerse a las ayudas para la retirada y gestión de los residuos de amianto los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos de amianto procedentes de la
construcción que impulsen su retirada, que tengan la condición de administraciones públicas de Cataluña y
entidades sin ánimo de lucro de Cataluña (fundaciones, asociaciones,etc).

Son administraciones públicas de Cataluña según el artículo 3 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña:

a. Administración de la Generalitat.

b. Entidades que integran la Administración local.

c. Organismos autónomos y entidades públicas dependientes o vinculados a cualquier de las administraciones públicas catalanas cuando ejercen potestades administrativas.

d. Consorcios en que participan mayoritariamente las administraciones, los organismos y las entidades públicas incluidas en este artículo, y también las entidades públicas que dependen de los consorcios o están vinculadas, cuando ejercen potestades administrativas.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8239
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 16/11/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8272
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