Ayudas destinadas a actuaciones de incorporacion y normalizacion de la lengua catalana en el ambito de la informatica, la ofimatica y las tecnologias de la informacion y la comunicacion.

Código de ayuda:

S46091/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar e incentivar la incorporación y la normalización del uso de la lengua catalana en el ámbito de la
informática, la ofimática y las tecnologías de la información y la comunicación, mediante la subvención de las acciones realizadas en el plazo que establece el punto 4 de esta Resolución. Estas acciones pueden ser:

a) de adquisición y actualización de software en catalán
b) de creación y traducción de software en catalán
c) de creación y traducción al catalán de interfaz informativas y de gestión
d) de creación y traducción de páginas web en catalán

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Todas las personas, agrupaciones, asociaciones y entidades, sea cual sea la forma jurídica que adopten, con el requisito de la ausencia de finalidad de lucro.

b) Las empresas, entidades privadas y personas físicas que realicen una actividad inscrita en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009 ), aprobada mediante el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, sea cual sea la forma jurídica que adopten. Quedan excluidos de estas ayudas las acciones de creación y traducción que las empresas especializadas en producción de software lleven a cabo por encargo profesional. En éste caso sólo la entidad o la empresa que haga el encargo la que puede solicitar la subvención del coste del producto o del servicio. Quedan excluidos de esta convocatoria las entidades públicas y las entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en la
financiación o gobierno de la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 87
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento