Ayudas destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S71782/09

Norma:

ORDEN de 4 de noviembre de 2009. RESOLUCION de 5 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular el Programa de ayudas para Oficinas de Dinamización Comercial. Estas Oficinas estarán especializadas en distribución comercial, sus servicios serán gratuitos y sus objetivos serán la mejora de la competitividad de las empresas comerciales a nivel individual y promover la actuación conjunta de empresas, asociaciones e instituciones en las áreas comerciales y en el proceso de distribución, de forma que se creen sinergias beneficiosas para el conjunto del sector. Todo ello en un marco de colaboración y coordinación entre todas las oficinas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas podrá cubrir hasta un 90% de los costes de contratación a tiempo completo, durante un año del responsable que cubra el servicio de la Oficina. En cualquier caso, el importe máximo de subvención a percibir por cada Oficina no sobrepasará la cuantía de 40.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones y/o Federaciones de Comerciantes (compuestas por comerciantes de forma exclusiva o mixtas, es decir, que admitan la presencia de otro tipo de profesionales) con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los Ayuntamientos o entidades de desarrollopromovidas por estos.
En el caso de que la/las asociaciones de un municipio soliciten las ayudas, el ayuntamiento correspondiente
y entidades de desarrollo promovidas por él serán excluidos.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 224
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/11/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 225
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento