Ayudas del programa Conecta Peme para fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema Regional de Innovación, a través del apoyo a proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S06446/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 31 de diciembre de 2017. RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2018. RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2018. RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de marzo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la cooperación entre las pymes y los demás agentes del Sistema regional de innovación, a través del apoyo a proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados al mercado y alineados con los retos y prioridades identificados en la RIS3 Galicia.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de empresas, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que realicen proyectos de I+D+i en colaboración. Las empresas podrán ser pequeñas, medianas o grandes según las definiciones contenidas en el artículo 2.

Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por tres empresas no vinculadas entre sí y, como máximo, por seis empresas, debiendo ser el tamaño de la agrupación el necesario para garantizar una gestión eficaz. En la agrupación podrá participar sólo una gran empresa con la participación máxima señalada en el artículo 4.2 de esta resolución. En el caso de que en la agrupación no participe ninguna empresa pequeña, será necesario que, como mínimo, una de éstas sea subcontratada por cualquiera de las empresas de la agrupación para desarrollar tareas/actividades de I+D+i dentro del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/02/2018
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Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento
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