Ayudas del fondo de accion social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administracion de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S38237/11Norma:
RESOLUCIÓN JUS/1719/2011, de 6 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el contenido, el procedimiento de gestión y la resolución de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que laGeneralidad de Cataluña ha asumido competencias, correspondientes a gastos o hechos ocurridos en el año 2010.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Justicia, Derechos, y Memoria (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) La cantidad que puede recibir al funcionario por esta ayuda será de 250€ por un hijo, o de 425 por dos hijos o más.b) El importe de la ayuda será como máximo de 200 €.
c) La cantidad que puede recibir el funcionario por esta ayuda será de 300 € como máximo.
d) Con el fin de calcular el importe de esta ayuda se tendrán en cuenta los siguientes baremos:
Cuando la discapacidad sea del 33% al 64%, se otorgarán 30 puntos.
A partir del 65% de discapacidad, se otorgarán 45 puntos.
La distribución de la totalidad de la cantidad asignada a este tipo de ayuda se hará de acuerdo con la fórmula siguiente:
Se sumarán todos los puntos obtenidos por el personal solicitante de esta ayuda y que no haya sido excluido. El total de puntos resultado se dividirá por la cantidad de 61.862,33 €, asignada a esta ayuda, con el fin de obtener el valor punto.
La cantidad a adjudicar a cada solicitante será la que resulte de multiplicar el valor punto por los puntos obtenidos de acuerdo con el baremo indicado (30 puntos o 45 puntos).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los funcionarios titulares o interinos de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ayuda por hijos.b) Ayuda por estudios de los funcionarios.
c) Ayuda familiares ascendentes dependientes.
d) Ayuda por discapacidades.
Requisitos:
Los solicitantes deben tener la condición de funcionario titular o interino.Las personas interesadas deberán haber prestado servicios en Cataluña entre el 30 de julio de 2010 y el 29 de julio de 2011, fecha de finalización de presentación de las solicitudes. Los periodos en que un funcionario titular haya estado en prácticas se consideran servicios prestados y se computan como días trabajados efectivamente.
La cantidad a recibir por las ayudas solicitadas varía según los periodos de tiempo trabajado, de acuerdo con los siguientes criterios: Entre 6 meses y 12 meses, los solicitantes tendrán derecho a percibir un 50% del importe de las ayudas solicitadas.
En el caso de haber trabajado el año entero, recibirán el 100% del importe de las ayudas solicitadas.
Este baremo no afectará a los que soliciten ayudas del programa para discapacitados, que tendrán derecho a recibir el 100% de la ayuda, independientemente del tiempo trabajado.
También tienen derecho a recibir las ayudas objeto de esta convocatoria el personal funcionario o interino que se encuentre en situación de excedencia voluntaria para cuidado de un familiar (para cuidado de un hijo y para cuidado de un familiar discapacitado hasta el segundo grado).
Consultar requisitos específicos para cada tipo de actuación.
Documentos asociados
Boletín:
14/07/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5920
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5920
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento